BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 05/10/05

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5478

 

ARTICULO 1.- Modificase el Art. 49 Inc. 10) de la ley Nº 4055 “Orgánica del Poder Judicial” el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Inc. 10.- Hacer la designación anual por sorteo, de diez (10) abogados de la matrícula, domicilio en la provincia, para reemplazar a los magistrados y funcionarios en los casos que corresponda. Los indicados profesionales deberán acreditar los requisitos contenidos en el Art. 155 Numeral 3 de la CONSTITUCIÓN Provincial. A los efectos el Superior Tribunal establecerá el día, hora y lugar fijados para celebrar el sorteo, haciéndolo conocer mediante partes de prensa a los medios de comunicación social tres (3) veces en cinco (5) días, correspondiendo que la ultima publicación sea efectuada con una anticipación no menos a una semana del acto en cuestión. De igual manera y con similar anticipación la aludida ceremonia será notificada al Colegio de Magistrados y al Colegio de Abogado de Jujuy. De todo lo actuado, con mención de los participantes, se labrará un acta por Secretaria de Superintendencia”.-

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de septiembre de 2005.-

 

ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentario                                                        º

Legislatura de Jujuy

 

OSCAR AGUSTIN PERASSI

VICEPRESIDENTE 1

a/c PRESIDENCIA

Legislatura de Jujuy

 

EXPTE. Nº 200-983/2005.-

CORRESP. A LEY Nº 5478.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 SET. 2005.-

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, Publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dese al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR