BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 05/10/05

Icon_PDF_6LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5477

 

ARTICULO 1.- Declárese Capital Provincial de las Ermitas a la ciudad de Tilcara.-

ARTICULO 2.- El Estado Provincial a través de la Secretaria de Turismo y Cultura de la Provincia de Jujuy, conjuntamente con las autoridades municipales deberán realizar las acciones tendientes a preservar y conservar la tónica artesanal lugareña mediante el uso de materiales tales como semillas, tallos, frutos, cortezas, flores, etc.-

ARTICULO 3.- El Estado Provincial coordinara con la Municipalidad de Tilcara todas las actividades inherentes que se realicen durante la Semana Santa en esa localidad a los fines de promocionar y difundir este acontecimiento a nivel provincial, nacional e internacional.-

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de septiembre de 2005.-

 

ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentario                                                        º

Legislatura de Jujuy

 

OSCAR AGUSTIN PERASSI

VICEPRESIDENTE 1

a/c PRESIDENCIA

Legislatura de Jujuy

 

EL PODER EJECUTIVO DE PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-980/2005.-

CORRESP. A LEY Nº 5477.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 SET. 2005.-

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, Publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dese al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Secretaria de Turismo y Cultura, para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR