BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 04/07/22

El Dr. Oldemar A. Villa, Juez Subrogante a cargo del Juzgado de Primera Instancia N°1 en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia de Puerto Deseado. Pcia. de Santa Cruz, Secretaria de Familia, a cargo de la Dra. Eneida Lima Pinheiro, hace saber que en autos caratulados “IMPA NORMA SANTUSA S/TUTELA” (Expte. N° 7662/20), se ha dictado la sentencia que a continuación se transcribe “PUERTO DESEADO, 29 DE ABRIL DE 2022.- VISTOS: (…) DE LOS QUE RESULTA: (…) Y CONCIDERANDO: (…) RESUELVO: (…) I.- OTORGAR LA TUTELA de la niña L. S. L. I. D.N.I. N° 55.063.927, nacida el 7 de enero de 2016 en la ciudad de El Carmen, Provincia de Jujuy; a su abuela materna Sra. N.S.I. (D.N.I. N° 18.114.949), conformes art 104 y sgtes. Del Código Civil y lo Comercial de la Nacion con todos los derechos y obligaciones de ley, debiendo garantizar el contacto con su familia de origen, tanto materna como paterna, en la medida que ello no resulte perjudicial a sus intereses, y sin que los progenitores se desentiendan de la asistencia alimentaria como deber central de la filiación de conformidad con lo previsto en el art. 704 del CCyC.- II.- Discernir el cargo por Secretaria en cualquier audiencia próxima, en horas de despacho, a cuyo fin cítese a la Sra. N. S. I. para ser notificada de la presente, recibir copia de la resolución y del discernimiento del cargo. III.- Notifíquese a ambos progenitores personalmente, por cedula o por cualquier medio de notificación del C.P.C. y C.- IV.- Líbrese Oficio al Registro Civil y de Capacidad de las personas de la ciudad de el Carmen. Provincia de Jujuy a los fines de la inscripción marginal de la presente sentencia en el acta N° 35725, tomo 116, años 2016. V.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE por medio de notificación electrónica al letrado patrocinante de los actores y la representante del Ministerio Publico de la infancia Subrogante. (…) EXPIDASE TESTIMONIO, (…) PROVEO POR SUBROGACION LEGAL.-“(FDO. DR. OLDEMAR A. VILLA-JUEZ SUBROGANTE ).- “PUERTO DESEADO, 19 DE MAYO DE 2022.- En atención a lo informado por Sra. Impa en cuanto al domicilio del Sr. Vicente Fermín Lamas y la Sra. Diana Marisol Impa, publíquese por edictos de notificación de la sentencia recaída en autos, transcribiéndose la parte resolutiva de la misma y consignando solo las iniciales y de los nombres y de los apellidos de las partes y niña, los que deberán por dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.- PROVEO POR SUBROGACION LEGAL .-“ (FDO. DR. OLDEMAR A. VILLA- JUEZ SUBROGANTE)- Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.- PUERTO DESEADO, 30 de Mayo 2022.- Dra. Eneida Lima Pinheiro Secretaria. Firmado electrónicamente por: Cargo: Titular o subrogante Secretaria- Lima Pinheiro Eneida Fecha: 31-05-2022 12:47:10. Numero de escrito PE327764-2022  Código de validación: o582kl Para verificar validez, autoría e integridad del presente documento impreso deberá ingresar el código de validación en https://www.jussantacruz.gob.ar/index.php/validador-de-escritos o haciendo click en este enlace.-

 

01/04 JUL. LIQ. Nº 28859 $900,00.-