BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 01/07/22
DECRETO Nº 5616-E/2022.-
EXPTE Nº 1056-8633/20.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAY. 2022.-
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el Sr. Héctor Eloy Tapia – D.N.I. N° 12.910.850, Personal de Planta Permanente, Categoría 16 de Sección Taller del Área Logística de la Dirección Provincial de Administración dependiente del Ministerio de Educación, solicita adhesión a la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 01 obra “Formulario de Adhesión Ley N° 5502 – Resolución N° 131-DPP-12” suscrito por el Sr. Héctor Eloy Tapia – D.N.I. N° 12.910.850 ante Escribanía de Gobierno el día 14 de diciembre del año 2020;
Que, obra certificación de servicios e informe de Sección Personal del Área Recursos Humanos del Ministerio de Educación del cual surge que el Sr. Tapia se desempeña como Personal de Planta Permanente Categoría 16 en Sección Taller del Área Logística de la Dirección Provincial de Administración del Ministerio de Educación;
Que, del Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Personal surge que el agente contaba al 21 de abril del año 2021 con 63 años de edad, cumpliendo con el requisito necesario para acceder al beneficio, y registraba al 15 de diciembre del año 2020 con una antigüedad de 36 años, 04 meses y 09 días encontrándose excedido en cuanto al requisito dispuesto por la normativa;
Que, no obstante lo analizado ut supra, puede observarse que el agente se ajusta al criterio sentado por el Superior Tribunal de Justicia en el caso “Tomasiello Mirtha c/Estado Provincial”;
Que, a fs. 17 obra dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, el cual es compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo, del que se desprende que corresponde emitir el acto administrativo pertinente que disponga promover al Sr. Héctor Eloy Tapia a la máxima categoría del Escalafón General de la Ley N° 3161/74;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1° de enero de 2022 a la Categoría 24, del Escalafón General previsto en la Ley N° 3161/74, al SR. HÉCTOR ELOY TAPIA, CUIL N° 23-12910850-9, Personal de Planta Permanente Categoría 16, de Sección Taller del Área Logística de la Dirección Provincial de Administración dependiente del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3° Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2022.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256, para la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación, U. de O.: “F4”- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro” denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley N° 5502”.-
ARTÍCULO 3°.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3°, Anexo I, del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Gírese a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR