BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/17
EXPTE. Nº 428-1216/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 FEB. 2016.-
VISTO:
El Decreto N° 8427-G-2015 mediante el cual se modifica el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2015 Ley N° 5861, por la incorporación de la Partida Presupuestaria de Gastos “Bienes de Capital, en la Jurisdicción “B” Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad de Organización “B5” Secretaría de Protección a la Comunidad, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado instrumento legal se gestiona la adquisición de Bienes de Capital – mobiliario de oficina- durante el Ejercicio 2014, tramitando para ello la modificación presupuestaria pertinente – Refuerzo de crédito;
Que el Tribunal de Cuentas en Informe N° 478/15 observa que la partida a la que se afectó el gasto no cuenta con crédito original en la Ley N° 5861, como tampoco se remitió a ese organismo el acto administrativo de su creación;
Que la Dirección Provincial de Presupuesto debido a un error involuntario cometido en la redacción del Artículo 1° del Decreto N° 8427-G-2015, solicita la rectificación del mismo;
Por ello, atento a lo informado por la Dirección Provincial de Presupuesto a fs. 28/29 y a los fines de su regularización administrativa,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.-Modifícase el Artículo 1° del Decreto N° 8427-G-15, de fecha 18 de agosto de 2015, donde se consigna “PARA REFORZAR” debe decir “PARA CREAR”.-
ARTICULO 2°.-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Gobierno y Justicia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR