BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 30/12/15
EXP. Nº 765-617/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 SET. 2015.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Cooperación, celebrado en fecha 5 de Diciembre de 2013, entre el consejo Nacional de las Mujeres del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por su Presidenta Sra. Mariana Agustina Gras Buscetto, y el Consejo Provincial de la Mujer de la Provincia de Jujuy, representado por su titular Prof. Elva Liliana Josefina Domínguez y;
CONSIDERANDO:
Que, el citado Convenio tiene como finalidad reglar la cooperación entre las partes para la implementación del proyecto “Fortaleciendo actores institucionales”;
Que, a través de la ejecución del citado proyecto se pretenden alcanzar los siguientes objetivos: a) promover la participación de todos los destinatarios; b) sensibilizar a los participantes sobre la problemática de genero y su incidencia en la mantención de un sistema relacional injusto para mujeres y varones; c) transferir herramientas técnicas y conceptuales para planificar con perspectiva de género a través de talleres de capacitación, fortalecer en los participantes un accionar como sujetos de derechos a partir de conocer el sistema legal de los derechos humanos y e) brindar material teórico-práctico sobre perspectiva de género, entre otros;
Que, el proyecto consistirá en la realización de capacitaciones con herramientas conceptúales de perspectiva de género, dirigidas a los referentes del área mujer de Municipios, Comisiones Municipales, representantes de ONG’s y al equipo técnico del Consejo Provincial de la Mujer, a fin de fortalecer la gestión de la mismas;
Que, el Convenio de Cooperación establece que se otorgará al Ministerio de Desarrollo Social de Jujuy-con carácter de subsidio no reintegrable y sujeto Rendición de Cuentas la suma de Pesos Cuarenta Mil ($40.000,00), para adquirir elementos de computación, equipamiento y mobiliario;
Que, entre las cláusulas que conforman el presente Convenio, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias, a las que se someten las partes intervinientes;
Que, a fs.39/40 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs.42 por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;
Que, el presente Convenio ha sido celebrado en el marco de las atribuciones conferidas por el Articulo 11 inc.11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Provincial Nº 5693/11, y por el Articulo 3 Inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias y a los efectos de su regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio de Cooperación, celebrado en fecha 5 de Diciembre de 2013, entre el Consejo Nacional de la Mujeres del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, representado por su Presidenta Sra. Mariana Agustina Gras Buscetto, y el Consejo Provincial de la Mujer de la Provincia de Jujuy, representado por su titular Prof. Elva Liliana Josefina Domínguez obrante a fs.3/35, de conformidad a lo manifestado en el exordio.
ARTICULO 2º.-Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Articulo precedente.
ARTICULO 3º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dese al Registro y Boletín Oficial y pase al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido, archívese.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR