BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 29/03/17
“Policía de la Provincia de Jujuy, Área Sumarios de la Unidad Regional Uno-EXPTE. NRO. 189 A.S.U.R-1/16 Act. Adm. al tenor del Articulo 13 1er párrafo del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) concordante con l Articulo 189° Inciso 13 de la Reglamentación de la Ley Orgánica Policial (R.L.O.P) en función del articulo 14 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) y Articulo 15 incisos “A” y “Z” del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.). resulta infractor: Sgto. Legajo Policial N° 13.815 ARMANDO MARCOS CRUZ, Caratulado Actuaciones Sumarias Administrativas al tenor del articulo 13 1er párrafo del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) concordante con el Articulo 189° Inciso 13 de la Reglamentación de la Ley Orgánica Policial (R.L.O.P) en función del Articulo 14 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) y Articulo 15 Incisos “A” y “Z” del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) iniciadas de Oficio en fecha 19-07-2016 en las que resulta infractor Sgto. Legajo Policial N° 13.815 Armando Marcos Cruz, tras librarse edictos de emplazamientos al funcionario policial infractor de autos, conforme lo dispuesto en el art. 47 y 50 del RNSA, Habiéndose vencido el término antes mencionado, el mismo no compareció ante esta actuante, ni informó causa que justifique debidamente su inconcurrencia, el Sr. Jefe de Área Sumarios de la Unidad Regional Uno, mediante Resolución Nro. 012 ASUR1/17 de fecha 21-03-2017 a resuelto “Articulo 1º: Declarar en Rebeldía al Sgto. Legajo Policial N° 13.815 Armando Marcos Cruz, en las actuaciones administrativas instruidas al tenor del Articulo 13 1er párrafo del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) concordante con el Articulo 189° Inciso 13 de la Reglamentación de la Ley Orgánica Policial (R.L.O.P) en función del Articulo 14 del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) y Articulo 15 Incisos “A” y “Z” del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) donde resulta infractor el funcionario policial nombrado, de conformidad a lo previsto en el art. 48º del RNSA por los motivos expuestos en el exordio, sin perjuicio de la prosecución de la causa administrativa de marras. Articulo 2º: Notificar de la presente resolución al citado sub oficial mediante diligencia respectiva. Articulo 3º: Cumplido, agregar copia de la mismas a las presentes actuaciones, regístrese y archive por donde corresponda.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.- Fdo. Mario Luis Romano- Crio. Mayor.-
27/29/31 MAR. S/C.-