BOLETÍN OFICIAL Nº 68 – 22/06/22

Enrique Rogelio Mateo, Vocal de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial- Vocalía N° 4, presidente de trámite en el Expte. C-150570/19 Prescripción Adquisitiva en C-115384/18 APARICIO YOLANDA Y MAMANI RAMON c/ BERTRES HORACIO Y OTROS, en cuyos autos se ha dictado el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 9 de octubre de 2020.- I.- Atento a las constancias de autos CITASE COMO TERCEROS en los términos del Art. 534 del CP Civil (conforme modificación Ley 5486) al ESTADO PROVINCIAL, MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY y a los Sres. Martínez Sebastián, Mamani Ramón, DNI 16.971.681, Adriana Herrera DNI 16.032.026 y a los colindantes UTEDYC (Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles), Cooperativa de Provisión de Servicios para Taxistas TAXI COOP JUJUY LIMITADA, Amanda Candelaria Pantoja, Francisco Ayusa, para que comparezcan dentro del plazo de QUINCE DIAS a fin de que tomen conocimiento del juicio y si consideran afectados sus derechos y pidan participación como demandados, su incomparencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos.- II- Citase y emplazase a quienes se consideran con derecho sobre el inmueble individualizado como padrón A- 10083, Matricula A-27047, circunscripción 1, sección 2, manzana 12, parcela 3, ubicado en Pasaje Echeverria Nº 571 del Bº Gorriti de esta ciudad de titularidad dominial de HORACIO BERTRES, ALICIA BERTRES, JULIA ROSA BERTRES, CARMEN ROSA BERTRES DE ALVAREZ, LAURA BERTRES DE PALAZZO, CARLOS MANUEL BERTRES, ADRIANA BERTRES, MARIA INES BERTRES, GEORGINA BERTRES Y ADELA CLOTILDE CHAFUEN DE BERTRES a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días. III.- De la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva interpuesta, córrase traslado a los titulares dominiales del inmueble a usucapir Sres. HORACIO BERTRES y/o sus herederos, ALICIA BERTRES y/o sus herederos, JULIA ROSA BERTRES y/o sus herederos, CARMEN ROSA BERTRES DE ALVAREZ y/o sus herederos, LAURA BERTRES DE PALAZZO y/o sus herederos, CARLOS MANUEL BERTRES y/o sus herederos, ADRIANA BERTRES y/o sus herederos,  MARIA INES BERTRES y/o sus herederos, GEORGINA BERTRES y/o sus herederos Y ADELA CLOTILDE CHAFUEN DE BERTRES y/o sus herederos, mediante edictos para que contesten dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren. (ART. 298 del CP Civil, Art. 531 del CPC Conf. modificación Ley 5486). Intímeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por ministerio de ley. Notificaciones en Secretaria Martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuera feriado. Publíquense edictos por tres veces, dentro de un periodo de cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local. – IV- Intimase a la parte actora a colocar el cartel indicativo con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acreditar con la certificación respectiva y/o acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de quince días.- V- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del CPC imponése a la parte interesa la carga de confeccionar las diligencias y los EDICTOS ordenados para su posterior control y firma del Tribunal los que deberán presentarse en Secretaria de esta Sala.- VI- Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Enrique Rogelio Mateo Juez- Ante Mi Dra. Marcela Vilte- Secretaria.-

 

15/22/24 JUN. LIQ. N° 28618 $1.350,00.-