BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 17/10/05

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE LA MENDIETA

PROVINCIA DE JUJUY

 

ORDENANZA IMPOSITIVA Nº 535/0/05 – EJERCICIO FISCAL 2005.-

 ARTICULO 28º: La tasa Anual Retributiva correspondiente a la prestación de los Servicios de Barrido, Limpieza, Extracción de Residuos y Conservación de Calles, será determinada conforme los siguientes parámetros:

a).- RADIO I: Inmuebles ubicados en calles pavimento.-

b).- RADIO II: Inmuebles ubicados en calles sin pavimento.-

ARTICULO 29º: La tasa referida en el articulo anterior se abonara aplicando las alícuotas y formas de pago establecidos a continuación:

  1. PAGO EN SEIS (6) CUOTAS IGUALES DE:

a.1- RADIO I: Pesos seis con  90/100 ($ 6.90) por metro lineal de frente en los inmuebles destinados a viviendas familiar.-

a.2– RADIO II: Pesos tres con 90/100 ($ 3,90) por metro lineal de frente en los inmuebles destinados a viviendas familiar.-

  1. b) Las alicuotas fijadas en los incisos anteriores serán incrementadas:

b.1- En un cien por cien (100%) cuando se trate de inmuebles destinados a explotación  comercial, industrial y/o de servicios.-

b.2- En un ciento cincuenta por ciento (150%) cuando se tate de inmuebles baldíos.

  1. Los inmuebles ubicados en esquinas tributaran sobre la media lineal.

ARTICULO 31º: FACILIDADES DE PAGO: Se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar regímenes de facilidades de pago de las tasas, impuestos, contribuciones, cánones, etc., vencidas. Para lo cual, deberá ingresarse el 25% (veinticinco por ciento) sobre el total de las deudas en concepto de pago a cuenta, el saldo restante se abonara hasta en 10 (diez) cuotas mensuales iguales y consecutivas con una tasa de interés igual al uno por ciento (1%) mensual. La facilidad de pago concedida  por el Departamento Ejecutivo caducara automáticamente y sin necesidad de interpelación alguna en el caso de incumplimiento consecutivo de dos (2) cuotas del plan de pago. Dichas facilidades de pago entraran en  vigencia a partir del ejercicio fiscal del año 2.003 en adelante.-

ARTICULO 32º: FECHAS DE PAGO: Facultase al Departamento Ejecutivo a fijara las fecha de vencimiento de las obligaciones e pago e las tasas establecidas en los capítulos precedentes.-

 

JESUS LORENZO GUERRA

INTENDENTE

Munic. de La Mendieta

 

17 OCT. LIQ. Nº 49496 $ 17.40