BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 13/06/22

Escritura Numero Catorce.- 14.- Cesión de Cuotas Sociales otorgada por SILVIA DEL CARMEN PEUSER de VALLESPINOS y OTRO a favor  de SILVIA ANDREA VALLESPINOS PEUSER y OTROS.-  En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los diecinueve días del mes de Abril del año Dos mil veintidós, ante mi, ESTELA ANGELICA TORRENTE, Escribana Autorizante, titular del Registro Notarial número Treinta y tres con asiento en ésta ciudad, COMPARECEN: por una parte, y como CEDENTES, los cónyuges en primeras nupcias SILVIA DEL CARMEN PEUSER de VALLESPINOS, Documento nacional de identidad número 5.604.363 – CUIT 27-05604363-8, nacida el día 17 de Noviembre de 1946, de profesión Arquitecta; y RAMON ALBERTO VALLESPINOS SOSA, Documento nacional de identidad número 7.969.362- CUIT 20-07969362-7, nacido el día 07 de Diciembre del año 1942, de profesión Ingeniero Civil, quienes concurren a este acto, por si, y en el carácter de Socios Gerentes de la razón social, “VAPEU S.R.L- CUIT 30-64182999-0”, con domicilio real en calle Berutti n° 286 de Barrio Alto La Viña de esta ciudad,  carácter que acreditan como se indica al final de esta escritura, declarando los comparecientes la plenitud y vigencia de la personería de la sociedad relacionada.- Por otra parte como CESIONARIOS, lo hacen SILVIA ANDREA VALLESPINOS PEUSER, Documento nacional de identidad número 23.946.894 – CUIT 27-23946894-8, nacida el día 12 de Julio de 1974, quién expresa ser casada, de profesión Arquitecta, con domicilio real en Ruta Provincial N° 2 – Parcela 1414 – Club de Campo La Almona Golf, de esta ciudad; ANALIA DEL CARMEN VALLESPINOS PEUSER, Documento nacional de identidad número 24.611.711 – CUIT 27-24611711-5, nacida el día 14 de Junio de 1975, quién expresa ser casada, de profesión Ingeniera Agrónoma, con domicilio real en Ruta Provincial N° 5- Km 98 S/N – Las Lajitas – Anta – Provincia de Salta, exprofeso aquí; DIEGO RAMON VALLESPINOS PEUSER, Documento nacional de identidad número 25.377.473 – CUIT 20-25377473-9, nacido el día 07 de Julio de 1976, quien expresa ser casado, de profesión Ingeniero Civil, con domicilio real en calle El Churqui 70 – Barrio Los Perales de esta ciudad; RAMIRO ALBERTO VALLESPINOS PEUSER, Documento nacional de identidad número 27.232.616 – CUIT 20-27232616-9, nacido el día 16 de Agosto de 1979, quien expresa ser casado, de profesión Ingeniero Civil, con domicilio real en calle Espinosa 559 de Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad; y SANTIAGO ANDRES VALLESPINOS PEUSER, Documento nacional de identidad número 30.726.209 – CUIT 20-30726209-7, nacido el día 30 de Diciembre de 1983, quien manifiesta ser soltero, de profesión Ingeniero Industrial, con domicilio real en calle Beruti 286 de Barrio Alto la Viña de esta ciudad.- Todos los comparecientes son Argentinos, mayores de edad, capaces de entender y comprender la naturaleza del acto; declarando bajo juramento que sobre sus personas, no hay inscriptas restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad, se identifican con los documentos relacionados, que me exhiben en su original y en fotocopias agrego a la presente, doy fe, de conformidad al artículo 306 inciso a) y b) del Código Civil y Comercial de la Nación.-  ANTECEDENTES: Los CEDENTES son propietarios en la proporción de cinco mil cuotas (5000), suscriptas por ambos en partes iguales, en la sociedad “VAPEU S.R.L” – CUIT 30-64182999-0, constituida según las Leyes de la República mediante Escritura n° 73 de fecha 10 de Octubre del año 1990, suscripta ante la Escribana María Cristina González Llamazares, inscripta en el Registro Público de Comercio al Folio 124, Acta n° 122 – 1990, Libro I de Sociedades de Responsabilidad Limitada; y al Folio 618/625 – 1990 de S.R.L., Legajo I Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, en fecha 06 de Diciembre del año 1990; Aumento de Capital y Modificación de Contrato de la firma “VAPEU S.R.L.”, mediante Escritura nº 16 de fecha 9 de marzo del 2.004, autorizada por la Escribana Adela Asy, inscripto en el Registro Público de Comercio bajo Asiento nº 16, Folio 81/82 del Legajo VII de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 20 de Abril de 2004; Aumento de Capital de fecha 23 de Abril del 2010, inscripto en el Registro Público de Comercio en Asiento nº 65, Folio 305/314, del Legajo XIII – Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., registrada en fecha 06 de Diciembre del 2010; Acta de Reunión de Socios para la Prórroga del plazo de duración de la Sociedad de fecha 26 de Junio del año 2010, inscripto en el Registro Público de Comercio en Asiento nº 42, Folio 198/200, del Legajo XIII – Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., registrado en fecha 13 de Agosto del 2010; Aumento de Capital del 20 de Julio del año 2011, inscripto en el Registro Público de Comercio bajo Asiento nº 39, Folio 203/206, del Legajo XIV – Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., registrada en fecha 16 de Agosto del año 2011; Nuevo Aumento de Capital Social del 28 de Setiembre del año 2015, inscripto en el Registro Público de Comercio en Asiento nº 61, Folio 509/532, del Legajo XVIII – Tomo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., registrada en fecha 13 de Noviembre del 2015; y Prorroga de Plazo de Duración de la Sociedad, de fecha 21 de Agosto del 2018,  inscripto en el Registro Público de Comercio al Folio 130/133 del Legajo XXI – Tomo IV de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., registrada en fecha 13 de Marzo del año 2019.- Toda la documentación relacionada tengo a la vista para este acto y en fotocopia certificada agrego al Legajo de comprobantes del Protocolo “A” correspondiente a este Registro a mi cargo, doy fe.- Los comparecientes expresan que vienen por este instrumento a celebrar el siguiente Contrato de CESION de CUOTAS SOCIALES conforme al articulado que se detalla: PRIMERO: Los CEDENTES dicen que: CEDEN GRATUITAMENTE en iguales partes a favor de sus hijos, quienes así lo aceptan, la totalidad de las cuotas sociales que tienen y les corresponde en la precitada razón social, y ascienden a  la cantidad de dos mil quinientas (2.500) cuotas sociales cada socio, lo que hace un total de cinco mil (5.000) cuotas sociales de valor nominal Pesos Cuatrocientos veintisiete coma sesenta y seis – ( $ 427,66) cada una, lo que hace un total, en concepto de CAPITAL SOCIAL de Pesos Dos millones ciento treinta y ocho mil trescientos ($ 2.138.300) valores determinados a fecha 28 de setiembre del año 2015, conforme Acta de aprobación de aumento de capital, lo que representan el cien por ciento (100% ) del Capital Social.-  Cada cuota social da derecho a un voto.- SEGUNDO: Ambos socios se otorgan recíprocamente la expresa conformidad  para la Cesión que efectúan por este acto, agregando que no tienen nada que objetar a la misma y agregan que la presente Cesión no afecta la porción legítima a que cada cesionario tiene derecho por su calidad de heredero forzoso y legítimo, como tampoco derechos de terceros.- TERCERO: En consecuencia los Cedentes transfieren a los Cesionarios su calidad de socios y todos los derechos y acciones que les correspondían por tal carácter, subrogándose los Cesionarios en el mismo lugar y prelación que los Cedentes tenían en la Sociedad “VAPEU S.R.L.”, conforme los términos de la presente Cesión.- Consecuentemente, el Capital social queda distribuido en partes iguales entre los Cesionarios conforme el siguiente detalle: al señor Diego Ramón Vallespinos Peuser, la cantidad de Mil (1000) Cuotas Sociales de un valor nominal de Pesos Cuatrocientos Veintisiete con Sesenta y Seis ($427,66), equivalente a la suma de Pesos Cuatrocientos Veintisiete Mil Seiscientos Sesenta ($427.660), que representa un veinte por ciento (20%) del capital social; al señor Ramiro Alberto Vallespinos Peuser, la cantidad de Mil (1000) Cuotas Sociales de un valor nominal de Pesos Cuatrocientos Veintisiete con Sesenta y Seis ($427,66) equivalente a la suma de Pesos Cuatrocientos Veintisiete Mil Seiscientos Sesenta ($427.660), que representa un veinte por ciento (20%) del capital social; al señor Santiago Andrés Vallespinos Peuser, la cantidad de Mil (1000) Cuotas Sociales de un valor nominal de Pesos Cuatrocientos Veintisiete con Sesenta y Seis ($427,66) equivalente a la suma de Pesos Cuatrocientos Veintisiete Mil Seiscientos Sesenta ($427.660), que representa un veinte por ciento (20%) del capital social; y a la señora Silvia Andrea Vallespinos Peuser, la cantidad de Mil (1000) Cuotas Sociales de un valor nominal de Pesos Cuatrocientos Veintisiete con Sesenta y Seis ($427,66) equivalente a la suma de Pesos Cuatrocientos Veintisiete Mil Seiscientos Sesenta ($427.660), que representa un veinte por ciento (20%) del capital social; a la señora Analía del Carmen Vallespinos Peuser la cantidad de Mil (1000) Cuotas Sociales de un valor nominal de Pesos Cuatrocientos Veintisiete con Sesenta y Seis ($427,66) equivalente a la suma de Pesos Cuatrocientos Veintisiete Mil Seiscientos Sesenta ($427.660), que representa un veinte por ciento (20%) del capital social.-  En consecuencia quedan los mismos, titulares  cada una de las cuotas sociales, lo que representa el (100%) del capital social.- CUARTO: A efectos de Inscribir la presente Cesión de Cuotas Sociales los Cedentes y Cesionarios facultan a los  doctores  Angel Alberto Lamas, Documento nacional de identidad n° 10.186.670;  y Diego Ignacio Montenovi  Documento nacional de identidad n° 32.158.969; a presentar  éste instrumento de  Cesión en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales de Registro, de  esta Provincia, quedando investidos de todas las facultades requeridas para el cumplimiento de tal fin.- Asimismo quedan facultados a realizar todos los actos administrativos internos y externos necesarios para desvincular de los negocios sociales a los cedentes, notificando de tal circunstancia a Bancos, entidades financieras y demás organismos pertinentes, liberándolos de toda responsabilidad a partir de la fecha.- QUINTO: La sociedad y la Gerencia, en este caso integrada por Ramiro Alberto Vallespinos Peuser y Silvia Andrea Vallespinos Peuser (Cesionarios) se notifican de la transferencia de las cuotas sociales, conforme el artículo 152 de la Ley 19550.- SEXTO: Dada la renuncia efectuada por los CEDENTES a cargo de la Gerencia de la sociedad, esta es ACEPTADA por unanimidad por los actuales SOCIOS y los actuales GERENTES, Ramiro Alberto Vallespinos Peuser y Silvia Andrea Vallespinos Peuser, quienes en forma expresa y a los efectos estatutarios que correspondan, se notifican de la CESION DE CUOTAS, efectuada por este acto, como asimismo aprueban su gestión como GERENTES en los términos del artículo 275 de la Ley de Sociedades Comerciales.- Asimismo ejercen la representación legal de la firma actuando como GERENTES de la sociedad,  y en tal carácter,  tienen todas las facultades para obligar a la sociedad en todos los actos  que no sean extraños al objeto social, inclusive los mencionados en los artículos 942,y 375 del Código Civil y Comercial de la Nación.- SEPTIMO: DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS: Los Cesionarios declaran conocer en detalle la composición patrimonial, activos, pasivos, el estado de operaciones y negocios y en general el marco legal, material y económico en que se desenvuelve la sociedad, por lo que manifiestan su conformidad a los mismos por todos los actos societarios realizados hasta la presente fecha.- CONSTANCIAS NOTARIALES: A)1 Documentación incorporada al Legajo de Comprobantes, que acredita la existencia de la sociedad, como la calidad de socios de los cedentes; A.2: Certificados de no Inhibición n° 4337 de fecha 31 de Marzo del año en curso, donde surge que los Cedentes no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes.- A.3. Constancias de C.U.I.T. de la Sociedad, y de los comparecientes.- A.4. A los efectos fiscales, se agrega el último Balance año 2020 de la Sociedad aprobado el 30 de Julio del año 2021 al folio 71 y 72 del Libro de Actas n° 2, que arroja un Patrimonio Neto de $ 140.940.194,01.-  LEO esta escritura a los comparecientes quienes la ratifican y firman por ante mí, Escribana Autorizante que certifico y doy fe.-            Hay siete firmas que pertenecen a Silvia del Carmen Peuser de Vallespinos, Ramón Alberto Vallespinos Sosa, Silvia Andrea Vallespinos Peuser, Analia del Carmen Vallespinos Peuser, Diego Ramón Vallespinos Peuser, Ramiro Alberto Vallespinos Peuser, y Santiago Andrés Vallespinos Peuser.- Está mi firma sobre un sello aclaratorio que dice “ESTELA A. TORRENTE – ESCRIBANA TITULAR R. Nº 33 – SAN SALVADOR de JUJUY”.- CONCUERDA con su Escritura matriz que pasó ante mí, a los folios treinta y uno al folio treinta y cuatro del Protocolo “A” del Registro notarial número treinta y tres, a mi cargo, doy fe.- Para los interesados, expido este Primer Testimonio en cuatro hojas de Actuación Notarial n° B 00185823, B 00185824, B 00185825 y B 00185826, las que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. ESTELA A. TORRENTE- TIT. REG. N° 33- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 332-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-449-2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 31 de Mayo de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

13 JUN. LIQ. Nº 28629 $659,00.-