BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 10/06/22
DECRETO N° 5573-ISPTyV/2022.-
EXPTE. N° 612-568/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAYO 2022.-
VISTO:
El presente Expediente, caratulado: “DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA. S/INSTRUCCIÓN DE SUMARIO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DEL AGENTE CRUZ EDUARDO ROBERTO – CUIL 20-22820550-9 CAT-6 DE PLANTA PERMANENTE”; y
CONSIDERANDO:
Que, el presente proceso administrativo se inicia a instancias de lo dispuesto por el señor Director General de Arquitectura en Resolución N° 2367-DGA/2017, atento las reiteradas inasistencias injustificadas en que incurriera el agente de dicho Organismo, Sr. Eduardo Roberto Cruz, durante el año 2017 (Abril-Diciembre).-
Que, en correspondencia con lo precedentemente expresado, a fs. 3/12. se agregan copia de las Resoluciones dictadas por la Dirección General de Arquitectura a través de las cuales se aplicaron al citado agente las medidas disciplinarias pertinentes, incorporando así también planillas de asistencia diaria desde el periodo comprendido entre el 24/04/2017 al 29/12/2017.
Que, en el marco de lo establecido por los Artículos 100°, 168°, 172°, 176° y 186° de la Ley 3161/74 – Estatuto para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy- se requirió a la Dirección Provincial de Personal la instrucción del correspondiente Sumario Administrativo, el que fuera dispuesto por dicha Dirección a través de la Resolución N° 13-DPP/2018 obrante a fs. 183 de los presentes autos.-
Que, sustanciado el proceso sumarial en cuestión, se incorpora a los presentes obrados: informe del Departamento Provincial de Reconocimientos Médicos sobre las inasistencias justificadas e injustificadas del agente Eduardo Roberto Cruz en el período 11/04/2007 al 04/10/2018 (fs, 187/188); informe de División Personal de la Dirección General de Arquitectura dando cuenta de nuevas inasistencias injustificadas en las que habría incurrido el agente Cruz, en el período comprendido entre el 21/12/2017 al mes de Noviembre de 2018, incluido (fs. 189/192) lo cual acredita el accionar irresponsable del empleado al continuar transgrediendo las disposiciones contenidas en el Artículo 100° inc. 23, concordante con el Artículo 173° inc. 1 de la Ley 3161/74.-
Que, en virtud de los hechos y antecedentes incorporados, la Instrucción Sumarial de la Dirección Provincial de Personal emite Dictamen N° 04/2020 concluyendo en que no existen elementos suficientes expuestos por el agente Cruz para desvirtuar los argumentos manifestados en la Conclusión N° 04/2020, aconsejando a tales fines aplicar al agente EDUARDO ROBERTO CRUZ D.N.I. 22.820.550 la sanción expulsiva de CESANTIA, de conformidad a la normativa citada precedentemente (fs. 367/368).
Que, de las constancias agregadas en autos surge que se han cumplido las etapas procesales de rigor, respetando las garantías constitucionales del agente involucrado.-
Que, a fs. 371 interviene Fiscalía de Estado quién, adhiriendo íntegramente a los términos del Dictamen N° 04/2020 de la Dirección Provincial de Personal, aconseja se emita acto administrativo por el cual se disponga aplicar al agente Eduardo Roberto Cruz la sanción expulsiva de CESANTÍA al haber transgredido las disposiciones contenidas en el Artículo 100° inc. 23; concordante con lo dispuesto en el Artículo 173° inc. 1 de la Ley 3161/74. Dicha opinión es Compartida por el Coordinador del Dpto. Asuntos Legales de Fiscalía de Estado.
Por ello, y a los fines de su regularización administrativa.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispóngase la CESANTÍA del agente EDUARDO ROBERTO CRUZ, CUIL N° 20-22820550-9, personal de Planta Permanente de la Dirección General de Arquitectura, Categoría 6, Escalafón General – Ley N° 3161, por los motivos expresados en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Suprímase en virtud de las disposiciones del Artículo 4° de la Ley N° 4439/89, en la Planta Permanente de la Dirección General de Arquitectura, un cargo Categoría 6.-
ARTÍCULO 3°.- Rectifíquese. Tome razón Fiscalía, de Estado. Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de, Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Dirección General de Arquitectura. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR