BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 10/06/22
DECRETO N° 4373-S/2021.-
EXPTE. N° 715-2805/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 OCT. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Salud, a imputar la erogación derivada del Expte. N° 715-2805/2019, caratulado: “S/MODIFICACION DEL NIVEL DE CRITICIDAD A FAVOR DE LA BIOQUIMICA SANDRA LOURDES PONCE” cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la Partida 03-10-15-01-26 “Para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2.021- Ley N° 6213, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, eje–vicien del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.‑
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR