BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 08/06/22

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6288

“LEY THIAGO”

Uso Obligatorio de la Imagen de las Islas Malvinas seguida de la leyenda “Las Malvinas son Argentinas”, en guardapolvos y/o uniformes de docentes y alumnos de la Educación Inicial, Primaria y Secundaria

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el uso obligatorio de la imagen de las Islas Malvinas, con los colores celeste y blanco de la Bandera Argentina, seguida de la leyenda “Las Malvinas son Argentinas”, en guardapolvos y/o uniformes de docentes y alumnos de los niveles de educación inicial, primaria y secundaria, de gestión pública estatal, provincial y municipal, privada, social y cooperativa de la Provincia de Jujuy.-

ARTÍCULO 2º.- Reconózcase y declarase “Personalidad Destacada”, al alumno Thiago Nahuel Huenchillan de la Escuela N° 126 de la ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut, por el valor, coraje y convicción demostrados al exhibir la imagen de las Islas Malvinas en su guardapolvo a la altura de su pecho, defendiendo la integridad territorial y la soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas.-

ARTÍCULO 3º.- El Ministerio de Educación será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.-

ARTÍCULO 4º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar con amplias, necesarias y suficientes atribuciones, para que cree, modifique y transfiera partidas presupuestarias, para el efectivo cumplimiento de la presente Ley.-

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de Junio de 2022.‑

 

Dr. Javier G. Olivera Rodríguez

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-182/2022.-

CORRESP. A LEY Nº 6288.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 7 JUN. 2022.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado; Ministerio de Educación; Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente y Cambio Climático; Ministerio de Seguridad; Ministerio de Planificación Estratégica y Modernización y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR