BOLETÍN OFICIAL Nº 63 – 06/06/22
N° 200.- ESCRITURA DOSCIENTOS.- DESIGNACIÓN DE GERENTE “COMPAÑÍA PETROLERA PALPALÁ S.R.L.”- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los DIECISÉIS días del mes de SEPTIEMBRE del año dos mil veintiuno, ante mí Mariana ANTORAZ, Escribana Pública Autorizante, Titular del Registro Notarial Sesenta y Nueve, COMPARECE: la señora Valeria DOMINGUEZ, argentina, Documento Nacional de Identidad dieciocho millones cuatrocientos trece mil doscientos sesenta y seis, C.U.I.L. 23-18413266-4, empresaria, nacida el día 08 de junio del año 1967, viuda de sus únicas nupcias con Gabriel Esteban Boris Romarovsky, con domicilio en calle Cabello y Mesa 898 del Barrio Los Perales, de esta ciudad. Persona capaz para este acto y de mi conocimiento doy fe, como así también la doy de que concurre a este acto en por sus PROPIOS DERECHOS, y en su DOBLE CARÁCTER, de SOCIA de la empresa “COMPAÑÍA PETROLERA PALPALÁ S.R.L.”, C.U.I.T. Nº 30-59457734-1, con domicilio social, fiscal y legal en Ruta 66 Acceso Palpalá, Departamento Palpalá, de esta Provincia, y en su carácter de ADMINISTRADORA JUDICIAL en nombre y representación de la “Sucesión de ROMAROVSKY Gabriel Esteban Boris”. Y en el carácter invocado, DICE: Que ante el reciente fallecimiento del SOCIO GERENTE TITULAR Gabriel Esteban Boris ROMAROVSKY, la señora Valeria Domínguez, en el doble carácter antes invocado, asume el cargo de GERENTE Titular, denunciando como domicilio especial en los términos del artículo 256 de la L.S.C.: Ruta 66, Acceso Palpalá, de la ciudad de Palpalá, Provincia de Jujuy, quien ACEPTA formalmente el cargo y declara: 1) que no le comprenden las prohibiciones o incompatibilidades del artículo 264 de la Ley General de Sociedades y 2) que NO es Persona Políticamente Expuesta según lo establecido en las resoluciones de la U.I.F.. CORREO ELECTRÓNICO: La compareciente, en el carácter invocado, denuncia que toda notificación debe efectuarse al correo electrónico: dominguezv67@gmail.com. II. ACREDITACIÓN DE REPRESENTACIÓN: La compareciente acredita los caracteres invocados con la siguiente documentación: SOCIA de COMPAÑÍA PETROLERA PALPALÁ S.R.L.: a) Contrato Social Constitutivo: suscripto en instrumento privado en fecha 19/05/1980, inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia al Folio 67, Acta 3.018 del Libro VIII de la Matrícula de Comerciantes y Registrado con copia, bajo Asiento 4.159, al Folio 525/533, Tomo II del Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas en fecha 10/09/1980. b) Cesión de Cuotas Sociales: celebrada el 20/06/1981, según instrumento privado inscripto bajo Asiento 4.333 al Folio 10/11, Tomo I, del Legajo XLVII del Registro de Escrituras Mercantiles, en fecha 03/02/1982, c) Cesión de Cuotas Sociales: efectuada en instrumento privado de fecha 16/12/1996 registrada con copia en el Registro correspondiente bajo Asiento 5, al Folio 21/24 del Legajo VI de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 14/05/2003, d) Cesión de Cuotas Sociales de fecha 14/01/2003 registrado con copia bajo Asiento 7 al Folio 28/32 del Legajo VI de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 03/06/2003, e) Cesión de Cuotas Sociales y Cambio de domicilio social al indicado ut-supra, suscripto en instrumento privado en fecha 29/03/2004, el cual se encuentra inscripto en el Registro Público de Comercio con copia bajo Asiento 30 al Folio 154/157 del Legajo VII de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 10/06/2004, f) Reconducción de la sociedad por vencimiento del plazo social, de fecha 05/08/2011, por un plazo de 30 años venciendo el mismo en el año 2046, inscripto en el Registro correspondiente bajo Asiento 46 al Folio 475/577 del Legajo XIX Tomo III de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 22/12/2016. Agrego al Legajo de Comprobantes de la presente escritura COPIA de toda la documentación referida, doy fe. ADMINISTRADORA JUDICIAL DE LA SUCESIÓN DE GABRIEL ESTEBAN BORIS ROMAROVSKY: Acredita tal carácter, con TESTIMONIO expedido por la Doctora Sandra M. Torres, Actuaria a cargo de la Secretaría N° 14 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, de los Tribunales de esta Provincia, en fecha 12 de Agosto del año 2.021, que tramitara en Expediente C-179960/21 Caratulado: “INCIDENTE DE DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR JUDICIAL DE LA SUCESIÓN: ROMAROVSKY GABRIEL ESTABAN BORIS que tramita bajo Expediente C-179630/21”. Instrumento que en fotocopia obra agregado al Legajo de Comprobantes como parte integrante de la escritura 170 de fecha 17/08/2021, del cual surgen facultades suficientes para el presente otorgamiento, doy fe. Manifiesta la compareciente que su carácter de socia y administradora continúan vigente, no habiendo sufrido modificación, revocación ni limitación alguna. III. ROGACIÓN: La requirente ruega a la Escribana autorizante expida Primer Testimonio de la presente y en forma conjunta, separada o alternada con el Doctor José Mariano García, Documento Nacional de Identidad 26.501.039, y procedan a realizar todas las diligencias que fueren menester para obtener la inscripción de la designación de GERENTE ante la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales – Registro de Comercio de la provincia, como así también requiera la inscripción de los libros societarios por extravío, soliciten constancias de inscripción de toda la documentación antes referida, quedando debidamente facultada la notaria y el abogado para solicitar las publicaciones de edictos en el Boletín Oficial, presentar escritos, copias certificadas, testimonios, contestar observaciones, vistas, notificaciones, resoluciones, apelarlas, con relación a las observaciones que se formularen en el trámite de inscripción, pudiendo suscribir todos los instrumentos públicos y privados que fueran menester, agilizar trámites, imponerse de la marcha de expedientes e instarlos, aceptar, observar, consentir o apelar las resoluciones y demás actos; pagar sellados, tasas, que correspondan; solicitar recibos y cuanta documentación se les requiera para el mejor desempeño del presente mandato. Previa lectura y conformidad, firma la requirente, en el carácter invocado y acreditado, todo por ante mí, Escribana Autorizante, doy fe. Hay una firma ilegible que dice: VALERIA DOMINGUEZ. Está mi firma y sello notarial. CONCUERDA fielmente con su escritura matriz, que pasó por ante mí a los folios 969 y 970 del Protocolo “A” del Registro Notarial 69 a mi cargo, doy fe. Para COMPAÑÍA PETROLERA PALPALÁ S.R.L. expido este PRIMER TESTIMONIO en DOS hojas de Actuación Notarial números B00166742/43 que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. MARIANA ANTORAZ- TIT. REG. N° 69- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-
RESOLUCION Nº 319-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-174-2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 26 de mayo de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
06 JUN. LIQ. Nº 28552 $1.000,00.-