BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 03/06/22

Dr. R. Sebastian Cabana- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 8,  en el Expte N° B-267899/12, caratulado: “Ejecutivo: COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA  S.A. c/ TEJERINA BERONICA GABRIELA, procede a notificar la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 05 de Julio de 2021.- Encabezamiento:…- Antecedentes:…- Fundamentos:….- Parte Dispositiva: 1º) Mandar a llevar adelante la ejecución seguida por COMPAÑÍA FINANCIERA ARGENTINA  S.A  en contra de Sra. TEJERINA VERONICA GABRIELA , D.N.I. Nº 25.168.649, hasta que el primero se haga íntegro pago de la suma de Pesos Veinticinco Mil Setecientos Ochenta y Siete con Setenta Ctvos ($25.787,70) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro” (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235),tomados como compensatorios  desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, acaecida el día 03/02/2011, y de allí en mas, los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, y como punitorios, al haber sido los mismos pactados, se fijan en un 50% de los moratorios más IVA si correspondiere. 2º) Imponer las costas a la parte demandada en su carácter de vencida (Art. 102 del C.P.C). 3º) Regular los honorarios profesionales de la Dra. DI PASQUO LUCIA, en la suma de Pesos Dieciocho Mil Novecientos Veinte Con Veinticuatro ctvos. ($18.920,24), conforme los fundamentos esgrimidos precedentemente. Dicho monto fue cuantificado a la fecha de esta sentencia, por lo que sólo en caso de mora devengará un interés a tasa activa, de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el  expte. B-145731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otros  (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235), más IVA si correspondiere. 4º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana -Juez- ante mí Dr. Sergio Andrés Álvarez, -Secretario- Publíquese Edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 07 de Julio de 2021, Secretaria N° 8, a cargo del Dr. Sergio Andrés Álvarez, Secretario-

 

01/03/06 JUN. LIQ. Nº 28449 $1.350,00.-