BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 03/06/22

DECLARACION JURADA DE PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PREVISTAS POR LOS ARTS. 157 Y 264 DE LA LEY 19.550: Los que suscriben, Sr. Juan Emilio Manzur, D.N.I. 34.244.262, el Sr. Manuel Eduardo Berlingieri, D.N.I. 35.480.202 y el Sr. Raúl Ricardo Berlingieri, D.N.I. 34.061.049, declaran bajo juramento: I)- Que no se encuentran incluidos y/o alcanzados por las prohibiciones e incompatibilidades dispuestas en los arts. 157 y 264 de la Ley 19.550. Es decir, (con carácter meramente enunciativo): a).-no participaran por cuenta propia o ajena, en actos que importen competir con la sociedad, salvo autorización expresa y unánime de los socios; b).- serán responsables individual o solidariamente, según la organización de la gerencia y la reglamentación de su funcionamiento establecido en el contrato; c).- todos son capaces y tienen capacidad de ejercer el comercio; d).- NO son fallidos por quiebra culpable o fraudulenta, NO son fallidos por quiebra casual ni se encuentran concursados; NO son ni fueron directores y/o administradores de ninguna sociedad cuya conducta se calificare de culpable o fraudulenta; e).- NO fueron condenados con accesoria de inhabilitación de ejercer cargos públicos; tampoco condenados por hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondos y delitos contra la fe pública; tampoco condenados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades; f).- NO ejercieron como funcionarios de la administración pública cuyo desempeño se relacione con el objeto de la sociedad.- ACT. NOT. N° B 00634630- ESC. GRACIELA VICTORIA OSKANIAN- ADS. REG. N° 56- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 211-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-170-2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

03 JUN. LIQ. Nº 28368 $659,00.-