BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 03/06/22
Acta Nº 3: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, a los 09 días del mes de noviembre de 2020, siendo las 18:00 horas, se reúne en la sede social, en calle Prolongación Reina Mora Nº 1369 de esta ciudad, el Sr. Carlos Ariel Martínez Maureira, único accionista de esta sociedad, y ejerciendo funciones propias de la reunión de socios, pasa a tratar el siguiente orden del día: 1) Consideración de los estados contables correspondientes al primer ejercicio económico cerrado el día 30 de Junio de 2020. 2) Modificación del objeto social. Sometido a consideración el primero punto del orden del día, y tras una pormenorizada exposición de los estados contables por parte del Administrador Titular Sr. Lucio Fabio López, el socio Carlos Ariel Martínez Maureira manifiesta que se den por leídos y aprobados dichos documentos, omitiéndose su transcripción en el acta por encontrarse registrados en el libro correspondiente. De esta forma se aprueba por unanimidad el Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Evolución Del Patrimonio Neto, Estado de Flujo efectivo, Cuadros y Anexos del ejercicio cerrado el día 30/06/2020, los cuales se encuentran certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy con fecha 09/10/2020. Acto seguido se pasa a tratar el segundo punto del orden del día, resolviendo el único socio la modificación del objeto social, debido a la imperiosa necesidad de avanzar en la diversificación de la actualidad de la empresa, dadas las complicaciones que se produjeron en el giro comercial de la sociedad como consecuencia de la pandemia COVID-19, la cual mantuvo paralizado durante seis meses la actividad minera de la Provincia de Jujuy, como consecuencia de esto es necesario modificar la Cláusula Tercera del contrato social, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “TERCERA-OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuanto propia o de terceros, o asociada a terceros, a la prestación de servicios mineros y/o para productores mineros. En particular, el transporte de cargas y de pasajeros, como también actividades complementarias vinculadas con la minería en todo el territorio de la República y hacia o desde el extranjero, pudiendo desarrollar trabajos de taller, mantenimiento y reparaciones de sus unidades o de terceros, como así también la prestación de recurso humano para tareas mineras. Así también, la prestación de servicios y/o la explotación, por si o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agrícola, frutícolas, forestales, ya sean de propiedad de la sociedad o de tercero; cría, venta y cruza de ganado; explotación de tambos, cultivos; elaboración de productos lácteos, cultivo, compra, venta y acopio de cereales. También la comercialización de productos agrícolas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y agroquímicos. Podrá actuar como corredor, comisionista o mandatario en la comercialización de los productos mencionados. A tales efectos la sociedad puede comprar, vender, ceder, locar, permutar, importar o exportar todo tipo de bienes, insumos o servicios relacionados al objeto. Finalmente, se resuelve autorizar al Dr. Adriano Morone, abogado, M.P. Nº 3468, a realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de la modificación del contrato social en el Registro Público. Sin más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión, siendo las 19:45 horas.-
RESOLUCION Nº 298-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-229-2022.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 20 de Mayo de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
03 JUN. LIQ. Nº 28492 $857,00.-