BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 30/05/22

El Dr. Jorge Eduardo Meyer- Juez del Tribunal de Familia de la Vocalía N° 2 de la provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C- 144805/19, caratulado: DIVORCIO: ANDREU MARIXA DOLORES c/ OSSANDON LEAL NORMANDO FROILAN cita y emplaza al Sr. OSSANDON LEAL NORMANDO FROILÁN a notificarse del traslado de la Demanda: San Salvador de Jujuy, 06 de Setiembre de 2.019.- Por presentada la Dra. Graciela Liliana Arach- Defensora Oficial Subrogante de la Unidad Civil N° 6 en nombre y representación de la Sra. MARIXA DOLORES ANDREU, a mérito de la Carta Poder obrante a fs. 2, por constituido domicilio legal y parte.- Por promovida en forma unilateral demanda de Divorcio con conocimiento del cónyuge Sr. NORMANDO FROILAN OSSADON LEAL, córrase traslado a la demandada por el término de diez (10) días (Art. 438 del C.C.C.).- Téngase por denunciado inexistencia de hijos del matrimonio y de bienes, lo que hace innecesaria la presentación de Convenio Regulador sobre cuestiones conexas al divorcio.- Concédase el Beneficio de Justicia Gratuita peticionado en forma definitiva, de acuerdo a los informes de Pobreza presentados y de conformidad a lo establecido por el art. 108 del C.P.C.- Notificaciones por Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil en caso de feriado.- Notifíquese Arts. 155 y 156 del C.P.C.- Fdo.: Dr. Jorge Eduardo Meyer – Juez, Ante mí: Dra. Carolina Burgos – Prosecretaria.- mediante de la Publicación de Edictos por cinco días en un diario local para que comparezca en la presente causa. Fdo. Dr. Jorge Eduardo Meyer Juez- Dra. Carolina Burgos Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 25 Abril de 2022.‑

 

23/27/30 MAY. S/C.-