BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 27/05/22

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6277

“MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 6152: DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN DOS TERRENOS UBICADOS EN LA LOCALIDAD DE TILCARA”

ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 2 de la Ley N° 6152, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, una fracción de terreno de tres mil quinientos treinta y nueve con sesenta y cuatro metros cuadrados (3.539,64 m2) de superficie, que se desprende del inmueble individualizado catastralmente como Parcela 901, Padrón I-1081, Circunscripción 1, Sección 4, Matrícula I-4056, inscripta al Libro 5, Folio 84, ubicada en la Banda, Departamento Tilcara, Provincia de Jujuy, de su titular registral o de quienes resulten legítimos propietarios, a los fines de ejecutar obras de infraestructura necesarias en la zona.”

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de Mayo de 2022.-

 

Dr. Javier G. Olivera Rodríguez

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Juan Carlos Abud

Vice Presidente 1º

A/C de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-152/2022.-

CORRESP. A LEY Nº 6277.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  24 MAYO. 2022.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Hacienda y Finanzas; y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento., Oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR