BOLETÍN OFICIAL Nº 57 – 20/05/22

DECRETO Nº 5412-E/2022.-

EXPTE Nº 1056-11012-21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ABR. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales la Sra. Alejandra Farfán – D.N.I. Nº 11.598.768 , personal de servicios generales categoría 10- carácter Titular de la Escuela Nº 18 “General Rondeau” del Departamento Santa Catalina, solicita adhesión a la Ley Nº 5502/05 y su Decreto Reglamentario Nº 8865-H-07 ; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 01 obra “Formulario de Adhesión Ley N° 5502 – Resolución N° 131-DPP-12” suscrito por la Sra. Alejandra Farfán – D.N.I. N° 11.598.768 ante Escribanía de Gobierno el día 18 de junio del año 2021;

Que, a fs. 03 se adjunta Formulario de “Opción de No Adhesión al Beneficio del Artículo 19 de la Ley N° 24.241” (según Resolución N° 118 DPP/2013), rubricado por la presentante en Escribanía de Gobierno el día 18 de junio del año 2021;

Que, obra certificación de servicios e informe de Sección Personal del Área Recursos Humanos del Ministerio de Educación del cual surge que la Sra. María Carrera se desempeña como personal de servicios generales categoría 10- carácter Titular de la Escuela N° 18 “General Rondeau” del Departamento Santa Catalina;

Que, del Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección Provincial de Personal surge que la agente contaba al momento de iniciar el trámite con 62 años de edad no cumpliendo con el requisito normativo, y registraba al 10 de agosto del año 2021 una antigüedad de 30 años, 09 meses y 01 días por lo que estaría excedida en cuanto a ese requerimiento legal;

Que, no obstante lo analizado ut supra, puede observarse que la agente se ajusta al criterio sentado por el Superior Tribunal de Justicia en el caso “Tomasiello Mirtha c/Estado Provincial”;

Que, a fs. 24/25 obra dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, el cual es compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo; del que se desprende que corresponde emitir el acto administrativo pertinente que disponga promover a la Sra. Farfán a la máxima categoría del Escalafón General de la Ley N° 3161/74;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promuévese con retroactividad al 1° de enero de 2022 a la Categoría 24, del Escalafón General previsto en la Ley N° 3161/74, a la SRA. ALEJANDRA FARFÁN – CUIL N° 27-11598768-8, Personal de Planta Permanente, de la Escuela N° 18 “General Rondeau” del Departamento Santa Catalina, dependiente del Ministerio de Educación, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:

Ejercicio 2022.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2022, Ley N° 6256, para la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación, U. de O.: “F4”- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro” denominada: 01-01-01-01-01-60 “Adecuación Ley N° 5502”.-

ARTÍCULO 3º.- Instrúyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3°, Anexo I, del Decreto Nº 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación, y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR