BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 13/05/22

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO

ORDENANZA Nº 75/2022.-

REF. “CREACIÓN PROGRAMA MUNICIPAL KIOSCOS SALUDABLES”. (EXPTE N° 20-CD-2022 Iniciado por el Inic. por los Cjales. María Amanda López, Arsenio Alarcón e Víctor Yampa)

VISTO CONSIDERANDO:

La necesidad de promover hábitos saludables en la alimentación de niños y adolescentes y,

Que, es necesario promover la alimentación saludable, variada y segura de los niños y adolescentes en edad escolar, a través de políticas de promoción y prevención.-

Que, nuestro país cuenta con una Ley, la Nº 26.396 que “declara de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios”, y fue sancionada en el año 2.008. En el año 2.009 se le incorpora a la misma un artículo que dice que “los quioscos y demás establecimientos de expendio de alimentos dentro de los establecimientos escolares deberán ofrecer productos que integren una alimentación saludable y variada”.

Que, teniendo en cuenta que una buena alimentación favorece el crecimiento nutricional y previene enfermedades crónicas, las opciones saludables en los kioscos de las escuelas cobran un rol determinante en la vida de niños, niñas y adolescentes que pasan gran parte del día en las instituciones educativas.-

Que, la presente ordenanza tiene como objetivo ejecutar acciones tendientes a mejorar el estado nutricional de niños y adolescentes que asisten a establecimientos educativos de nuestra ciudad y que tengan la posibilidad de incorporar alimentos nutritivamente adecuados a su edad de crecimiento y desarrollo.-

Que, se denomina “Kiosco Saludable” a todo local que expende alimentos cuyo perfil nutricional es preponderantemente saludable, abarcando la oferta de alimentos aptos para celíacos (libre de TACC). Disminuyendo la venta de alimentos con alto contenido en harinas, grasas, azúcares simples y sodio.-

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º.- Se crea el Programa Municipal “Kioscos Saludables”, que se llevará a cabo en los distintos establecimientos educativos y en todos los programas que dependan de la Municipalidad de Puesto Viejo.-

Artículo 2º.- Establécese la prohibición de colocación, en el ámbito de las escuelas, de máquinas expendedoras de alimentos y/o bebidas gaseosas.-

Artículo 3º.- El área de Salud estará a cargo de confeccionar y elaborar las recomendaciones nutricionales que reglamentará del kiosco u otro puesto de venta que se encuentre dentro de los lugares mencionados en el Art. 1º.-

Artículo 4º.- La sub área Municipio Saludable dependiente del área de Salud de la Municipalidad de Puesto Viejo será la encargada de llevar a cabo el programa.-

Artículo 5º.- Implementar campañas de concientización y difusión, a partir de las pautas y guías de la alimentación saludable; de acuerdo a cada nivel educativo.-

Artículo 6º.- De Forma.

Sala de Sesiones, 28 de Abril del Año 2022.-

 

Lic. María Amanda López

Presidente