BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 13/05/22
DECRETO N° 1834-CyT/2020.-
EXPTE. N° 1300-075/2019.-
Agdos. Nº 1300-514/2018, Nº 1300-551/2018, Nº 1300-590/2018, Nº 1300-698/2018 y Nº 1300-769/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del expediente N° 1300-075-2019, caratulado “S/ autorización Deuda Pública 2018 TV Music House” y agregados N° 1300-514-2018, N° 1300-551-2018, N° 1300-590-2018, N° 1300-698-2018 y N° 1300-769-2018; a la “Partida 3-10-15-26-0 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, previstas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2020, Ley N° 6149/19, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.-
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 3°.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR