BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 13/05/22

DECRETO Nº 5363-E/2022.-

EXPTE Nº 200-109-2021.-

C/ Agregados: 1050-1741-16, 1057-765-16; 1057-656-16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 ABR. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el Recurso Jerárquico interpuesto por la Sra. Ana María Catalá, D.N.I. N° 11.270.258, con el Patrocinio Letrado de la Dra. Cecilia Inés Piza, en contra de la Resolución N° 3022-E 2021 de fecha 29 de marzo de 2021, la cual dispone el rechazo del Recurso Jerárquico en contra de la Resolución N° 722-SGE-16; y

CONSIDERANDO:

Que, la reconversión de los nuevos planes de estudio de la Escuela Técnica N° 1 “Escolástico Zegada”, en particular en la especialidad Maestro Mayor de Obras y Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas iniciadas en el año 2012, ocasionó variaciones en la situación de revista de los docentes, tanto en el aspecto administrativo como financiero, entre los que se encuentra la Sra. Catalá.

Que, a través del marco normativo dictado para poner en funcionamiento la implementación de los nuevos programas de enseñanza se llevó a cabo la regularización presupuestaria y de revista de los docentes involucrados.

Que, en ese marco de regularización se dictó la Resolución N° 0433-SGE-16 la cual no expresaba en forma clara y precisa la situación de revista de la recurrente.

Que, por Resolución N° 0722-SGE-16 se precisa la situación de revista y presupuestaria de la recurrente resultando este acto administrativo legítimo y sin vicio susceptible de impugnación.

Que, finalmente en contra de la Resolución N° 0722-SGE-16 rectificatoria de la Resolución N° 0433-SGE-16 se interpuso Recurso Jerárquico, el que fuera rechazado por improcedente mediante Resolución N° 3022-E-2021.

Que, obra dictamen de Asesoría Legal de Fiscalía de Estado, el cual es compartido por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales del citado Organismo y por el Fiscal de Estado Subrogante, del que se desprende que el Recurso Jerárquico debe ser rechazado por cuanto la requirente no incorporó ningún elemento probatorio que avale su disconformidad con lo resuelto.

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por la SRA. ANA MARÍA CATALÁ, D.N.I. N° 11.270.258, con el Patrocinio Letrado de la Dra. Cecilia Inés Piza, en contra de la Resolución N° 3022-E-2021 de fecha 29 de marzo de 2021, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33° de la Constitución Provincial.-

ARTÍCULO 3º.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación notifíquese a la Sra. Ana María Catalá de lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR