BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 11/05/22
Acta N° 26– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 3 días del mes de noviembre del 2021, siendo las 17 hs. se reúnen en la sede social de EL HORNOCAL S.R.L. Los Socios Pablo Efraín Rodríguez y Leonardo Carlos Villanueva estando presente el Gerente Santiago Carrillo, con la finalidad de tratar temas referentes a la sociedad. Cedida la palabra al socio Pablo Efraín Rodríguez presenta la propuesta formulada por el Sr. Francisco Alberto Zarzoso Bernis DNI 28.250.242, nacionalidad argentina, estado civil soltero y Arcela Elizabeth Campero Piña DNI 95.726.964, nacionalidad venezolana, estado civil soltera, para cederles a estos últimos la totalidad de Cuotas Sociales de la firma por la suma de $600.000 Así mismo es el Gerente Santiago Carrillo expresa que presente su renuncia a la gerencia de EL HORNOCAL S.R.L a partir de la firma del contrato de cesión de Cuotas Sociales, poniendo la misma a consideración de ambos socios. El socio Pablo Efraín Rodríguez manifiesta que atento a la situación sanitaria y económica que afectado a nuestro país durante el año 2020 con efecto hasta la fecha, se ha visto demorada por fuerza mayor la inscripción de las actas 24 y 25 como la cesión onerosa de cuotas sociales a los Sr. Pablo Efraín Rodríguez y Leonardo Villanueva, lo que es compartido por el socio Villanueva. Llegando este punto se pacta el siguiente orden del día: A- Resolver la propuesta de transferencia y cesión de cuotas sociales EL HORNOCAL S.R.L a favor de los señores Francisco Alberto Zarzoso Bernis y Campero Piña Arcela Elizabet B- Considerar la renuncia de la Gerencia Sr. Santiago Carrillo C- Se pone a consideración el balance 2020 presentando por el Contador Público Nacional Claudio Gallardo M.P 1375 la distribución de los resultados.- Abierta la deliberación, respecto del punto A– no encontrándose en ninguno de los socios inhibido para disponer de bienes, renuncian al derecho de preferencia y habiendo dado cumplimiento al procedimiento establecido, en las cláusulas 8va y 9na del contrato constitutivo resuelven aprobar por unanimidad la transferencia y cesión de la totalidad de las cuotas sociales por el valor nominal que representa $550.000 en las cantidades y a favor de las personas que se detallan a continuación: 1° 5225 cuotas sociales a favor del Zarzoso Bernis Francisco Alberto DNI 28.250.242, representando las mismas el 95% de las cuotas sociales.- 2° 275 cuotas sociales a favor de Campero Piña Arcela DNI 95.726.964, representando las mismas el 5% de las cuotas sociales.- Sobre este punto se deja constancia del asentimiento conyugal de la esposa del Sr Villanueva, Sra. Cecilia Cicero DNI 25.954.913 que en tal carácter concurre y sin objeción presta asentimiento conyugal necesario conforme al ART. 470 del Código Civil y Comercial de la nación. A continuación, encontrándose presente Sr. Zarzoso Bernis Francisco Alberto y Campero Piña Arcela Elizabet, en calidad de adquirentes de la totalidad de cuotas sociales de EL HORNOCAL S.R.L, declaran bajo juramento.- 1- Que sus datos personales consignados son correctos y completa expresión de la verdad.- 2- La ubicación de la sede social donde funcionará efectivamente, en lo sucesivo, el centro principal de la dirección administración de las actividades la sociedad, se encontrará en la Avda. Almirante Brown N° 1560 de esta ciudad y que la casilla de correo electrónico será elhornocal.adm@gmail.com.- 3- En cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF) ambos adquirientes declaran que no se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la nómina de personas expuestas políticamente aprobado por la UIF. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca al respecto dentro de los 30 (treinta) días de ocurrido, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- 4- La función de socio-gerente de EL HORNOCAL S.R.L será ejercida por el Sr. Francisco Alberto Zarzoso Bernis, mientras no sea removido de acuerdo al procedimiento de la cláusula 15ta del contrato social, aceptando en mi presente acto el cargo para el que fue propuesto, declarando bajo fe de juramento que no se encuentra comprendido dentro de las disposiciones del art 238 de La Ley 24.522 Art. 264 de la Ley 19.550.- En relación al punto B se resuelve aceptar la renuncia del Gerente Santiago Carrillo. Respecto al punto C se aprueba por unanimidad el balance del año 2020 y respecto a la distribución de resultados o dividendos, al no haber podido desarrollar actividad, manifiesta que no existen dividendos a distribuir. Luego de ello, y de un breve intercambio, la totalidad de los presentes y firmantes autorizan el Dr. Diego Martinich DNI 25.377.501, M.P 1742, a los fines de que proceda a realizar la totalidad de los trámites de Ley en el Registro Público de la Ciudad de San Salvador de Jujuy y la transferencia de sesión y cuotas sociales realizadas en las actas 24 y en la presente. Se aclara que el domicilio fiscal EL HORNOCAL S.R.L es Avda. Almirante Brown N° 1560 de la ciudad de San Salvador de Jujuy.- ACT. NOT. Nº B 00667469- ESC. MARIA CELESTE PEREZ- TIT. REG. N° 91.- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-
RESOLUCION Nº 233-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-407/2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 22 de Abril de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
11 MAY. LIQ. Nº 28202 $802,00.-