BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 11/05/22

Acta N° 24.- En San Salvador de Jujuy, a los 14 días del mes de agosto del año 2020 se reúnen en la Sede Social de la empresa EL HORNOCAL S.R.L. Los Socios Santiago Miguel Carrillo, argentino, mayor de edad Comerciante DNI: 14.923.560 Cuit: 20-14.923.560-5, nacido el 9/12/1961, casado en primeras nupcias con Patricia Andrea Real DNI 20.355.463, y domiciliado en Finca Yala, Ruta Nacional N° 9 S/N de la localidad de Yala, Dpto. Manuel Belgrano Provincia de Jujuy, Martha Elena Cicarelli, Argentina, mayor de edad, comerciante DNI: 12.618.349 Cuit: 27-12.618.349-1 divorciada nacida el 21/09/1956 domiciliada en calle 20 de febrero 421, 1er Piso Dpto. “C” de la ciudad de Salta, provincia de Salta; Patricia Andrea Real, Argentina, mayor de edad, comerciante DNI: 20.355.463 CUIT: 27-20.355.463-5, casada en primeras nupcias con Santiago Miguel Carrillo, DNI: 14.923.560 nacida el 5/08/1968 domiciliada en Finca Yala, Ruta Nacional N° 9 S/N de la localidad de Yala, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy y el Dr. Lisandro Lazcano DNI 27.110.284, M.P. 2376, quién exhibe poder especial para actuar en nombre y representación del socio Adrián García del Río, argentino, mayor de edad, comerciante DNI: 16.347.307 CUIT: 20-16347307-1, casado en segundas nupcias con Lucía Fernanda del Campo DNI: 17.613.570, nacida el 27/11/1962 domiciliada en Calle María Julia Sala N° 508 de la localidad de Leser, Vaqueros, Provincia de Salta; encontrados representados en consecuencia, la titularidad del 100% de las cuotas sociales, con la finalidad de tratar temas referentes a la Sociedad. Cedida la Palabra al socio Gerente Santiago Miguel Carrillo este manifiesta que el Dr. Lisandro Lazcano en representación de su mandante; Le ha acercado una propuesta formulada por los señores Leonardo Carlos Villanueva y Pablo Efraín Rodríguez para ceder y transferir la totalidad de las cuotas Sociales de la firma, por una suma equivalente al capital social; y que es de la opinión que, atento a la situación económica que atraviesa el país y de la que no es ajena a la empresa en especial por la estrepitosa caída del turismo, sería beneficioso para todos los socios aceptarla. Seguidamente el Socio Santiago Miguel Carrillo expresa al resto de los socios y apoderados que presenta su renuncia a la gerencia de El Hornocal S.R.L a partir de la inscripción de la cesión  de los socios el Registro Público, poniéndolo a consideración de los Socios.- Acto seguido el Dr. Lisandro Lazcano por expresas instrucciones impartidas por su mandante pone, a consideración la renuncia la gerencia de El Hornocal S.R.L efectuada por su representado Adrián García del Río poniéndose también a consideración de Los Socios.- Llegado a este punto se presenta el siguiente ORDEN DEL DÍA: A- Resolver la propuesta de transferencia y cesión del total de las Cuotas Sociales a favor de los Señores Leonardo Carlos Villanueva y Pablo Efraín Rodríguez.- B- Considerar la renuncia a la gerencia de los socios Santiago Miguel Carrillo y Adrián García del Río.- Abierta la deliberación, Respecto al Punto A no encontrándose ninguno de los socios inhibidos para disponer de sus bienes renunciando al Derecho de Preferencia, y habiendo dado cumplimiento al procedimiento establecido a las Cláusula, 8va y 9na del contrato social de fecha 10/08/2015 SE RESUELVE POR UNA UNANIMIDAD aprobar la Transferencia y Cesión de la Totalidad de las cuotas sociales por el valor nominal que representan ($550.000), en las cantidades y a favor de las personas que al continuación se detallan: 1- 2.250 Cuotas Sociales al Sr. Leonardo Carlos Villanueva, argentino, mayor de edad, ingeniero DNI: 25.784.585 CUIT: 20-25784585-1 nacido el 21/01/1976, casado en primeras nupcias con María Cecilia Cicero DNI: 25.954.913 domiciliado en calle Juan Passini Bonfanti 2507 del Barrio Bajo la Viña de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.- 2- 2750 cuotas sociales a favor del Señor Pablo Efraín Rodríguez, argentino, mayor de edad, comerciante DNI: 28.250.439 CUIT: 20-28250439-2, divorciado, nacido el 13/01/1981 domiciliado en calle Almirante Brown 1555 del Barrio San Pedrito de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy.- En relación al punto B Los Socios resuelven por UNANIMIDAD aceptar la renuncia de los Socios Gerentes a sus cargos respectivamente.- Asentimiento Conyugal. Se deje constancia expresa que se encuentran presentes en el acto los Sres. Santiago Miguel Carrillo, Patricia Andrea Real y detentando las facultades suficientes conforme al poder especial, el Dr. Lisandro Lazcano lo hace en nombre y representación de la Sra. Lucía Fernanda del Campo; en consecuencia, los antes nombrados concurren y prestan sin objeción, el asentimiento conyugal necesario, conforme lo prescribe el art. 470 del Código Civil y Comercial (Ley 26.994).- A continuación, y encontrándose presente en los Sres. Leonardo Carlos Villanueva y Pablo Efraín Rodríguez en calidad de adquirientes la totalidad de las CUOTAS SOCIALES del HORNOCAL S.R.L, DECLARAN BAJO JURAMENTO y manifiestan que: 1- Los datos personales consignados en el presente Acta son correctos completos y fiel expresión de la verdad. 2- La ubicación completa de la Sede Social donde funcionará efectivamente en lo sucesivo, el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la Sociedad se encontrará en Calle coronel Puch 638 -PB- del barrio Centro de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, República Argentina y que la casilla de correo de la firma será elhornocalsrl@gmail.com.- 3- En cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF), ambos adquirientes declaran que NO SE encuentran incluidos y/o alcanzado dentro  la nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la UIF. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca al respecto dentro de los (30) treinta días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- 4- La función de Socio Gerente de la firma EL HORNOCAL S.R.L. Será ejercida por el Sr. Pablo Efraín Rodríguez, mientras no sea removido de acuerdo al procedimiento de la cláusula 15ta del contrato social.-Aceptando en el presente acta el cargo para el que fue propuesto, declarando bajo fe de juramento que no se encuentra comprendido dentro de las disposiciones del ART. 238 de la Ley 24.522 y ART. 264 de la Ley 19.550. Luego de ello y de un breve intercambio la totalidad de los presentes y firmantes autorizan al Dr. Marcelo Rodrigo Pérez Wiaggio, DNI: 25.613.324, M.P 1848 a los fines de que proceda a realizar la totalidad de los Trámites de la Ley, a los efectos de inscribir en el Registro Público de la ciudad de San Salvador de Jujuy, la transferencia y Cesión de Cuotas Sociales a favor de los adquirientes y nuevos socios de EL HORNOCAL S.R.L. No siendo para más el acto firman todas las comparecientes de plena y entera conformidad al pié de la presente.- ACT. NOT. Nº B 00667469- ESC. GRACIELA VICTORIA OSKANIAN- ADS. REG. N° 56.- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 233-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-407/2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Abril de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

11 MAY. LIQ. Nº 28200 $802,00.-