BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 09/05/22

MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETO N° 2557-G-2022.-

Ciudad Perico, 02 de Mayo de 2022.-

VISTO:
La Ordenanza N° 1555/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que, la misma modifica el art. 1° de la Ordenanza N° 1099/2015, disponiendo que ante el fallecimiento de un agente, el Estado Municipal deberá entregar un subsidio equivalente al 20% del Salario Mínimo Vital y Móvil, a los familiares directos del mismo, haciendo referencia explícitamente a la Esposa o Hijos, así como también una corona con la inscripción: Municipalidad de Perico o Concejo Deliberante, según corresponda.

Que, está claro que el fin de la Ordenanza en crisis fue el amparo económico a los familiares de los agentes municipales fallecidos en momentos tan difíciles como es el deceso de un ser querido.

Que, el subsidio determinado por la Ordenanza N° 1099/2015, debido al tiempo transcurrido, quedo muy ínfimo para poder lograr el objeto de la misma, por lo que requiere ser modificado a la luz de lo argumentado.

Que, el Art. 67 Inc. 23 de la Carta Orgánica Municipal dispone que es atribución del Sr. Intendente como Jefe de la Administración Municipal, adoptar, gestionar y resolver en la forma y condiciones que sea de su competencia todo cuanto atañe a su gestión de intendente, respecto de las personas y cosas sometidas a su jurisdicción a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.

Que, por ello, en el ejercicio de las facultades conferidas por el art. 49, inciso 1 de la Carta Orgánica de Perico y normas concordantes;

EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N°1555/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 07/04/2022.-

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, Secretaria de Hacienda, Secretaria de Gobierno, Departamento de Legales, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido que fuera, archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente