BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 09/05/22
El Tribunal de Familia, Sala I, Vocalía 2- de la Provincia de Jujuy, en Expte. Nº C-131564/19 caratulado: “Ejecución de Honorarios en Expte. Principal C-081835/2016: MARTINEZ MARTA YOLANDA c/ CARDOZO YAMIL ROBERTO; ROJAS NASER CAROLINA.- Cita y Emplaza: SR. CARDOZO YAMIL ROBERTO: “San Salvador de Jujuy, 07 de Marzo de 2019.- Proveyendo a lo solicitado, líbrese mandamiento de intimación de pago por la suma de Pesos Mil Quinientos ($1.500), en concepto de honorarios, contra YAMIL ROBERTO CARDOZO en el domicilio denunciado, con más la suma de Pesos dos mil ($2.000) en concepto de acrecidas del juicio.- En defecto de pago, procédase el embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado hasta cubrir las sumas indicadas, designándose depositario judicial de los mismos, al propio accionado con las prevenciones y formalidades de ley. asimismo, requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados registran prenda y/o cualquier otro gravamen y en caso afirmativo exprese, monto, nombre y domicilio del acreedor o Juez embargante.- Por el plazo de cinco días intímeselo a oponer excepciones que considere pertinente y a constituir domicilio legal dentro del radio de 3 km. del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de ley.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días (art. 436 del CPC).- San Salvador de Jujuy, 26 de Noviembre de 2021.- Dr. Jorge E. Meyer-Juez-, ante mi Dra. Patricia Carolina Burgos-Secretaria.-
04/06/09 MAY. LIQ. Nº 27897 $2.250,00.-