BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 06/05/22

DECRETO N° 3682-E/2021.-

EXPTE. N° 1050-594/21.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUL. 2021.-

VISTO:

El Decreto Acuerdo N° 3510-G-21 y las Leyes N° 6165, 3161/74, 4413/88, y el Decreto Acuerdo N° 1220-E-2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Acuerdo N° 3510-G-21, dispuso la incorporación a la planta permanente de la administración pública provincial, en las categorías inferiores del agrupamiento de revista y de la carrera que fijen estatutos y escalafones, del personal que acredite antigüedad de cinco (5) años o más al día 31 de diciembre de 2020 bajo modalidad de contrato de locación de servicios.-

Que, el artículo 2° del mencionado Decreto estableció que, para determinar la antigüedad requerida se computarán los servicios prestados por año calendario, en el ámbito de la administración pública, siempre que el agente se encontrare  cumpliendo funciones efectivas, continuas e ininterrumpidas bajo dependencia orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial.-

Que, en el articulo 6° se dispuso que cada jurisdicción remita, dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la vigencia del presente, la nómina de personal comprendido, en los términos del artículo 1°, pudiendo los agentes expresar su voluntad de no incorporarse, en las condiciones establecidas.-

Que, la Ley N° 6165 ratificó el Decreto Acuerdo N° 233-E-19, que dispuso sostener, por cuatro (4) años, la Declaración de Emergencia en Infraestructura Educativa en la Provincia de Jujuy”, como continuidad de vigencia de las Leyes N° 5.883 y N° 6.061 y el Artículo 2 de la Ley N° 6061/17, autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a proceder al ordenamiento y reestructuración de toda la planta de personal del Ministerio de Educación de la Provincia; Decreto Acuerdo 233-E-19.-

Que, en el artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 3510-G-21, se estableció que los agentes contratados bajo locación de servicios que no cuenten con trámite concluido en el marco de las Leyes N° 5.749, N° 5.835 y N° 6.123 quedan incorporados al presente régimen.

Que, el Decreto Acuerdo N° 1220-E-2020, dispuso la incorporación a planta permanente de la Administración Pública Provincial de personal que cumpla servicios efectivos en el Ministerio de Educación, opten expresamente por acogerse al presente, acrediten desempeño como contratados bajo régimen de locación de servicios y antigüedad de cinco (5) años o más al treinta y uno (31) de diciembre de 2.019 con las condiciones, alcances y efectos previstos por el Decreto Acuerdo N° 9316-G-19.-

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébase la incorporación a la planta permanente del Ministerio de Educación del personal mencionado en el Anexo I que integra el presente, comprendido en las Leyes 3161 y 4413 y Decreto N° 1220-E-19 que cumpla servicios efectivos y acredite desempeño corno contratado, bajo régimen de locación de servicios y una antigüedad de 5 años o más al 31 de diciembre de 2020 y que cumpla con los demás requisitos previstos en el Decreto Acuerdo N° 3510-G-21, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Educación a realizar las reubicaciones y cambio de lugar de prestación de tareas de acuerdo con las necesidades del servicio y a dictar las disposiciones que fueran menester para implementar lo dispuesto en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones, transferencias y/o creación de partidas presupuestarias necesarias para el cumplimento de lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5°.- Dese intervención a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.

ARTICULO 6°.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Educación, Hacienda y Finanzas. Cumplido vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR