BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 06/05/22
Dr. Gustavo Alberto Toro- Vocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial- Sala IV del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en el Expte. N° A-051303/2012, caratulado “Daños y Perjuicios: GALEAN, OFELIA DELFINA c/ SIAREZ, MANUEL SERAFIN y otros,” procede a notificar los siguientes proveídos:- San Pedro de Jujuy, 29 de Diciembre de 2021.- I.- Atento el informe actuarial que antecede, y verificándose aún la falta de notificación de la sentencia recaída en la causa a los codemandados Manuel Serafín Siarez y Natalia Siarez, ordenase la misma por edictos, mediante publicación de los mismos por tres (3) veces en cinco (5) días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial (art.162 Cód. Proc. Civil), imponiéndose a la actora la carga procesal de su realización, cuyo diligenciamiento deberá acreditar en el plazo de cinco (5) días hábiles. II.- Notifíquese.- Dr. Gustavo Alberto Toro – Vocal Presidente de Trámite; Esc. Guillermo Giménez Otero – Prosecretario.- En la Ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil veintiuno, reunidos en el recinto de la Sala Cuarta de la Cámara en lo Civil y Comercial: los Jueces Gustavo Alberto Toro, Horacio José Macedo Moresi y la Jueza Silvia Elena Yécora, bajo la presidencia del primer nombrado vieron y analizaron el Expediente N° A-51303/12:“Ordinario por daños y perjuicios: Ofelia Delfina Galean en nombre de su hijo menor de edad Ezequiel Martín Palavecino c/ Dante Daniel Gómez, Alberto Benigno Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafin Siarez”(cuatro cuerpos); juntamente con sus agregados expte. A-51108/12: “Proceso cautelar de aseguramiento de bienes: Ofelia Delfina Galean c/ Dante Daniel Gómez, Alberto Remigio Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafin Siarez”, expte. A-52469/12: “Incidente de Beneficio de Justicia Gratuita solicitado por Ofelia Delfina Galean por sí y en representación de su hijo… c/ Dante Daniel Gómez y otros”, expte. A-049388/11: “Determinación de capacidad jurídica solic. por Galean Ofelia Delfina y por Palavecino Ezequiel Martín”, expte. A-55269/12: “Incidente de Nulidad en expte- A-513030/12…”, expte. penal N° 515/12: “Gómez Daniel Dante psa de lesiones culposas ocurridas en accidente de tránsito- Ldor. Gral. San Martín” (2 cuerpos), y luego de deliberar conforme el art.362 inc.4 del código procesal civil: El Juez Gustavo Alberto Toro dijo: Antecedentes 1.- Que…Fundamentos: 1.- Que…Tal es mi voto: Fdo: Dr. Gustavo Alberto Toro- Vocal Presidente de Trámite. El Juez Horacio Macedo Moresi dijo: Que… La Jueza Dra. Silvia Elena Yécora, dijo: Por… Por lo expuesto, la Cámara Civil y Comercial en su Sala Cuarta de la Provincia de Jujuy: Resuelve: 1º) Hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios promovida por Ezequiel Martín Palavecino en contra de Dante Daniel Gómez, Alberto Remigio Gómez (hoy sus herederos Aldana Micaela Gómez y Alberto Sebastián Gómez), Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafín Siares, y en su mérito condenarlos a abonar- concurrentemente y en la proporción indicada en los considerandos – al actor en el término de diez(10) días hábiles, la suma de pesos doce millones seiscientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro ($12.659.574) en concepto de indemnización integral, con más intereses en caso de mora, desde la fecha del presente fallo y hasta el pago que se calcularan conforme la tasa activa cartera general (prestamos) nominal, anual, vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina.- 2°) Rechazar el planteo de inconstitucionalidad del artículo 1078 del código civil y rechazar la demanda incoada por Ofelia Delfina Galean, sin costas.- 3º) Imponer las costas a los vencidos conforme los considerandos con la excepción del punto anterior.- 4º) Regular al Dr. Daniel Alejandro Díaz la suma de pesos dos millones quinientos treinta y un mil novecientos catorce ($2.531.914), y al Dr. Gastón Javier Baigorria la suma de pesos quinientos noventa mil setecientos setenta y nueve ($590.779); no regular honorarios al Dr. Marcelo Ariel Castro por resultar inoficiosa su actividad; regular al perito médico Eduardo Miguel Paz la suma de pesos trescientos dieciséis mil cuatrocientos ochenta y nueve ($316.489), regular al perito accidentologo Gabriel Marcelo Alemán la suma de pesos ciento ochenta y nueve mil ochocientos noventa y tres ($189.893) y a la perito Licenciada en Trabajo Social Silvia del Valle González la suma de pesos ciento veintiséis mil quinientos noventa y cinco ($126.595). Por la actividad desplegada en expediente N° A-51108/12: “Proceso cautelar de aseguramiento de bienes: Ofelia Delfina Galean c/ Dante Daniel Gómez, Alberto Remigio Gómez, Natalia Soledad Siarez, Manuel Serafin Siarez”, regular al Dr. Daniel Alejandro Díaz la suma de pesos quinientos seis mil trescientos ochenta y dos ($506.582); por la actividad cumplida en expediente N° A-55269/12: “Incidente de Nulidad en expte- A-513030/12…” regular al Dr. Daniel Alejandro Díaz la suma de pesos quinientos seis mil trescientos ochenta y dos ($506.582) y al Dr. Marcelo Ariel Castro la suma de pesos trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete ($354.467). En todos los casos con más el impuesto al valor agregado (I.V.A) si correspondiera e intereses en caso de mora, del mismo modo que el capital. 5º) Registrar, agregar copia en autos y en el sistema integral de gestión judicial, notificar por cedula y hacer saber a CAPSAP y a la Dirección General de Rentas. Fdo: Dr. Gustavo Alberto Toro – Presidente de Trámite; Dres. Horacio José Macedo Moresi y Silvia Elena Yécora – Vocales; Esc. Guillermo Giménez Otero – Prosecretario. San Pedro de Jujuy, doce de Noviembre de 2021. Y Vistos: Los de estos autos, Expte. Nº A-51303/12 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS – OFELIA GALEAN c/ DANTE DANIEL GOMEZ; ALBERTO REMIGIO GOMEZ; NATALIA SOLEDAD SIAREZ y MANUEL SERAFIN SIAREZ”.y: Considerando: I.- Que…Por todo ello la Sala IV de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy: Resuelve: 1.- Rechazar la aclaratoria interpuesta por los codemandados Dante Daniel Gómez, Aldana Micaela Gómez y Alberto Sebastián Gómez (herederos de Alberto Remigio Gómez) en contra de sentencia dictada por este tribunal en fecha 14 de Setiembre de 2021 (fs.803). 2.- La Dra. Silvia Elena Yécora no suscribe la presente por hallarse en Licencia por Razones de Salud, de conformidad a lo previsto por Acord STJ Nº71/08. 3.- Notifíquese a las partes; agréguese copia en autos, regístrese en Sistema Integral de gestión Judicial- SIGJ, protocolícese, archívese, etc.- Dr. Gustavo Alberto Toro – Presidente de Trámite; Dr. Horacio José Macedo Moresi-Vocal; Esc. Guillermo Giménez Otero- Prosecretario.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se hace saber que la causa tramita con el beneficio de justicia gratuita.- San Pedro de Jujuy, 15 de Marzo de 2022.-
02/04/06 MAY. S/C.-