BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 06/01/16

Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez por habilitación de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial-Vocalía 6, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-268472/12, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmueble en Expte. Principal B-272288/12: Arrueta, Emilio c/ Zabala, Plinio Sucesión”, procede a notificar a los Sres. Enrique Alberto Zabala y Carlos Arturo Zabala en su carácter de herederos de Plinio Zabala, la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 01 de Diciembre del año 2015. 1-Agréguese y téngase presente el oficio diligenciado por la Dirección Provincial de Inmuebles (fs. 412/413, II -Téngase presentes las publicaciones de edictos arrimadas por el Dr. Mario Rodolfo Mallagray (fs. 432). III -Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Dr. Mario Mallagray a fs. 432 y en virtud de lo previsto por el Art. 198-2° apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda a los demandados Enrique Alberto Zabala y Carlos Arturo Zabala. Firme, se designará como representante de los mismos al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. IV…V-Notifíquese por Cédula y a los demandados mediante EDICTOS lo que se publicarán por TRES VECES en CINCO DIAS en el Boletín Oficial y un Diario Local. Fdo.: Dr. Jorge Daniel Alsina (por habilitación)-Vocal, ante mi: Dra. Agustina Paola Taglioli-Firma habilitada”.-Publíquese por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local.-San Salvador de Jujuy, 09 de Diciembre de 2015.-

 

04/06/08 ENE. LIQ. Nº 122876 $210,00.-