BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 04/05/22
El Dr. José Alejandro López Iriarte, Vocal de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Vocalía Nº 2 – en el Expte. Nº C-189.849/2021, caratulado: “ACCIÓN EMERGENTE DE LA LEY DEL CONSUMIDOR: DAZA, JUAN CARLOS c/ ALDECOA, JULIO CESAR-HDMI S.R.L.”, se hace saber a HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLO INMOBILIARIO S.R.L., la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 15 de marzo de 2022.- I.- Proveyendo a la presentación del Dr. Jorge Rafael Abud de fs. 37 y atento a la suspensión de la audiencia convocada para el día 10 de marzo de 2022, reprográmese la misma para el día 03 de Junio de 2022 a 10.00 hs, Hágase saber al Sr. Oficial de Justicia que deberá dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el art. 158 Inc. 4 del C.P.C. “Cuando el interesado o las personas que habiten la casa se nieguen a recibir la cédula o por cualquier otro motivo ésta no pudiera ser entregada, la fijará en la puerta de calle en presencia de dos testigos o de un secretario actuario, quienes suscribirán la diligencia”. II.- Atento al informe de fs. 32 vta. requiérase al Dr. Jorge Rafael Abud que, en el plazo de 48 hs, (L. 4141, L.4442) denuncie el domicilio real del actor para posibilitar oportunamente la debida notificación al actor (art 155 inc. 3 y art 156 del CPC). III.- Requiérase al Dr. Jorge Rafael Abud acompañe para control y firma del actuario las correspondientes diligencias, debiendo notificar con una antelación no menor al cinco días de la fecha de convocatoria (art. 138 párrafo 2º del CPC) IV.- Notifíquese por cédula (art. 155 del CPC) Fdo. Dr. José Alejando López Iriarte- Juez- Ante mí: Dr. Ignacio José Guesalaga- Secretario”.- San Salvador de Jujuy, 18 de abril de 2022.-
29 ABR. 02/04 MAY. S/C.-