BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 04/01/16

Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9-Secretaría Nº 18, en el Expte. Nº A-53324/12 caratulado: Credinea S.A. c/ Verónica Clemente, procede a notificar a la Sra. Verónica Clemente D.N.I. Nº 30.689.834 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 07 de Septiembre de 2012.- Téngase por presentado la Dra. Lucía Di Pasquo, por constituido domicilio procesal y parte, en nombre y representación de Credinea S.A. a merito de la copia juramentada de Poder. Téngase por interpuesta demanda ejecutiva por cobro de pesos de conformidad a lo establecido por el Art. 472, 460, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de Intimación de Pago, Ejecución y Embargo en contra del demandado, en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Sesenta y Tres con 74/100 ($2563,74) en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Un Mil Doscientos Ochenta ($1.280), calculadas provisoriamente para  responder por intereses y costas del juicio…y cíteselo de REMATE para que en el plazo de CINCO DIAS, comparezca ante este Juzgado y Secretaría, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Por igual término, se intimara la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sean su naturaleza (art. 52 y 154 del C.P.C.). Se faculta para el diligenciamiento de la presente medida a la Dra. Silvana Lucía Di Pasquo y/o la persona que esta designe para su diligenciamiento. Notificaciones en Secretaría martes y jueves o el segundo día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Fdo. Dr. Hugo César Moisés Herrera-Juez-Ante mi-Dra. Lilian Inés Conde-Secretaria.- San Pedro de Jujuy, 02 de septiembre de 2015.- I.- Atento las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por la Dra. Lucia Di Pasquo, ordénese la notificación por edictos a la demandada señora Clemente Verónica, conforme lo prevee el art. 162 del CPC. Para el caso que la demandada no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda. II.- Notifíquese.-Fdo. Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera- Juez- Ante mi- Dra. Lilian Inés Conde- Secretaria.-San Pedro de Jujuy, 02 de septiembre de 2015. Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario Local.-

 

28/30 DIC. 04 ENE./16 LIQ. Nº 122747 $210,00.-