BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 29/04/22
Hago saber que el Dr. Julio Leonardo Bavio, Juez Federal Subrogante, en el Expte. Nº FSA 15235/2019, caratulado: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ VILLAFAÑE ENRIQUE RUBEN S/ PREPARA VIA EJECUTIVA”, que tramita por ante este Juzgado Federal Nº 1 de Jujuy, Secretaría Civil y Comercial a cargo de la Dra. Karina Mezzena, sito en calle Belgrano Nº 1252, ha dispuesto notificar la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, Provee el suscripto de conformidad a lo dispuesto por Resolución N° 33/18 de la Cámara Federal de Salta. Por presentado al Dr. Ernesto Federico Hansen, por parte en la representación invocada, a mérito de la documentación que acompaña con el patrocinio letrado de la Dra. Carmen B. Nasif. y, por constituido domicilio electrónico. Atento a lo informado por secretaría, hágase saber a los letrados que deberán acreditar el pago correspondiente a CAPSAP y a la tasa de justicia en el término de cinco días de notificados. Asimismo, elimínese de la bandeja de entradas la documentación agregada, haciéndosele saber al presentante que solo se admitirán copias digitalizadas en un solo archivo, formato PDF, salvo en los casos en que el mismo exceda el máximo permitido por el sistema, en cuyo caso deberá digitalizarlos, respetando el orden secuencial de los que fueron presentados en formato papel. Sin perjuicio de ello, visto lo solicitado en el escrito que antecede y constancias de autos, cítese al Sr. Villafañe Enrique Rubén, DNI N° 20.580.060, para que dentro de los cinco días de notificado comparezca personalmente por ante este Juzgado a reconocer o desconocer el contenido y firma de la documentación que se acompaña en original y que se encuentra reservada en caja fuerte, haciéndosele saber al accionado que en caso de inconcurrencia sin justa causa se tendrá por reconocida la documentación mencionada. A tal fin líbrese cédula conf. art. 137 del C.P.C.C.N. Fdo. Julio Leonardo Bavio Juez Federal Subrogante. – “San Salvador de Jujuy, Junio de 2021. Provee el suscripto de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 33/18 de la Cámara Federal de Salta. Visto lo manifestado por la parte actora en el escrito y habiendo prestado juramento de ley, déjese sin efecto el proveído de fecha 18-05-2021, en consecuencia, téngase por cumplido el requisito dispuesto por el art. 145 de CPCCN y, ordénese la notificación por edictos del decreto de fecha 01-10-2019, la que deberá hacerse de conformidad a lo dispuesto en los arts. 145 y 343 del CPCCN. Julio Leonardo Bavio Juez Federal Subrogante” – “San Salvador de Jujuy, de 2022. Provee el suscripto de conformidad a lo dispuesto por Resolución N° 33/18 de la Cámara Federal de Salta. Visto las constancias de autos y lo solicitado por la parte actora en el escrito que antecede, ordénese la publicación de nuevos edictos, a los mismos fines y en los mismos términos que los dispuestos oportunamente, los que deberán publicarse de conformidad a lo dispuesto en los arts. 145 y 343 del CPCCN, quedando a cargo de la parte interesada la confección y diligenciamiento de los mismos. Fdo. Julio Leonardo Bavio-Juez Federal Subrogante.- Publíquense edictos en Boletín Oficial y diario local durante 3 días.- San Salvador de Jujuy, de de 2.022.-
29 ABR. 02/04 MAY. LIQ. Nº 27888 $1.350,00.-