BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 29/04/22

El Dr. Enrique Rogelio Mateo, Vocal de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Vocalía Nº 4 – en el Expte. Nº C-174.817/2021, caratulado: “Acción Emergente de la Ley del Consumidor: FLORES, GUSTAVO MARCELO c/ ALDECOA, JULIO CESAR; CASTILLO, CLAUDIA IRENE Y OTROS”, se hace saber a HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLO INMOBILIARIO S.R.L. y HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L., la siguiente providencia: “A despacho hoy, 28 de marzo de 2022. Informo a V.S. que a fojas 93, se ha notificado mediante edictos a las demandadas HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLO INMOBILIARIO S.R.L. y HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L. de la demanda. Los plazos para su comparecencia se encuentran vencidos. San Salvador de Jujuy, 28 de marzo de 2022. I.- Atento al informe actuarial que antecede, dése por decaído el derecho a contestar demanda con los alcances del Art. 298 del C.P.C. a HORIZONTE MULTINIVEL DESARROLLO INMOBILIARIO S.R.L. y HORIZONTE DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L. y declárese su rebeldía. II.- Notifíquese por cédula y a las accionadas mediante edictos y las posteriores por Ministerio de ley (Art. 154 del C.P.C) debiendo la peticionante arrimar las diligencias de notificación ordenadas, por ante este Tribunal para su control y firma. (Art. 50 y 72 del C.P.C). III.- Firme la notificación dispuesta, pasen los autos a despacho a fin de Integrar el Tribunal. IV.- Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. Enrique Rogelio Mateo – Juez – Ante Mi Dra. Ana Romina Nebhen – Prosecretaria.”.- San Salvador de Jujuy,  05 de abril de 2022.-

 

25/27/29 ABR. S/C.-