BOLETÍN OFICIAL Nº 48 – 27/04/22

DECRETO ACUERDO Nº 5158-AyCC/2022.-

EXPTE Nº 1100-43-2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 FEB. 2022.-

VISTO:

Las Leyes Nº 6.238, N° 5.063, Nº 5018, N° 6230, Decreto Acuerdo Nº 1717-A-2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 6.238 “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023” se dispuso la ejecución de múltiples obras educativas, viales, de producción, culturales, turísticas, habitacionales, de servicios y fortalecimiento del Estado, a fin de dinamizar la economía local, reactivar la fuente laboral y continuar el proceso de transformación de la Provincia con obras estratégicas y urbanas.

Que, por Decreto Acuerdo N° 1717-A-2020 se declaró la emergencia ambiental por incendios forestales y se dispuso, mediante Artículo 3º Inc. 1, la creación de dos nuevas bases de incendios forestales, una en la zona de la Quebrada de Humahuaca, y otra en la zona de ecorregiones yungas y chaco seco, con el objetivo de mitigar las consecuencias ambientales, productivas, económicas, sociales y sanitarias.

Que, se ha advertido, condiciones climáticas desfavorables, como consecuencia de la falta de precipitaciones, temperaturas elevadas, fuertes vientos, entre otras amenazas y factores vinculados al cambio climático, creando condiciones propicias para la propagación de incendios forestales.

Que, es decisión firme del Gobierno de la Provincia, jerarquizar la política ambiental, promoviendo la conservación de los ecosistemas y su biodiversidad, avanzando hacia un paradigma de desarrollo sustentable.

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpórase al “ANEXO I” de la Ley N° 6.238 “Plan Maestro Plurianual de Desarrollo 2021-2023”, el siguiente listado y distribución regional de obras:

 

OBRA FONDOS MONTO SERVICIOS REGION GESTION  
BASE DE INCENDIOS FORESTALES

(en Humahuaca)

RPP $61.415.328 PROTECCIÓN AMBIENTAL QUEBRADA
BASE DE INCENDIOS FORESTALES

(en Palma Sola)

RPP $61.415.328 PROTECCIÓN AMBIENTAL YUNGAS

 

ARTÍCULO 2º.- Dese a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.-

ARTÍCULO 3º.- Registrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma integral, y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia, Hacienda y Finanzas; Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Salud; Desarrollo Humano; Educación; Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo; Seguridad; Planificación Estratégica y Modernización;. Cumplido, vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR