BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 22/04/22
Adenda al Contrato Social de “BIMAC S.R.L.” En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 14 días del mes de marzo de año 2022, se celebra la presente ADENDA al Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “BIMAC S.R.L.”, suscripto en fecha 13 de agosto de 2021, tramitando su inscripción por Expte. DPSC-301-0112/2021, ante Fiscalía de Estado – Dirección Provincial de Sociedades Comerciales- por las Dras. Otaola María Agustina y Jiménez Cancinos Agustina, en su carácter de apoderadas mediante Poder Especial, según ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO de dicho contrato constitutivo, de los señores CLAUDIA TERESA CALDERON y GUILLERMO JAVIER BALMACEDA, la que queda integrada por las siguientes cláusulas: PRIMERA: CAPITAL SOCIAL: De común acuerdo los socios resuelven, mediante la presente ADENDA, modificar la CLAUSULA QUINTA del contrato social de Responsabilidad Limitada, referido al Capital Social, en adecuación al objeto societario, para cumplir con el Art 11, inc. 4 de la Ley General de Sociedades conforme al contenido del Instrumento constitutivo, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “El capital social se fija en la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) dividido en cuatrocientas (400) cuotas de PESOS DIEZ MIL ($10.000) de valor nominal cada una, que los socios suscriben en iguales proporciones conforme a los siguientes términos: el Sr. GUILLERMO JAVIER BALMACEDA suscribe doscientas (200) cuotas sociales por un valor nominal total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000) equivalente al cincuenta por ciento (50%) del capital social, y CLAUDIA TERESA CALDERON doscientas (200) cuotas sociales por un valor nominal total de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) equivalente al otro restante cincuenta por ciento (50%) del capital social. En caso de que la sociedad decidiera aumentar el capital, dicho aumento se resolverá por mayoría absoluta de capital y podrá ser efectuado por instrumento privado. El capital suscripto se integra en un veinticinco por ciento (25%) por los socios con dinero en efectivo, esto es la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), debiendo completarse el saldo en el plazo máximo de dos (2) años contados desde la fecha de este contrato, con las modalidades que dispongan los administradores de la sociedad”.- SEGUNDA: Teniéndose en cuenta los agregados y modificaciones que se determinan en las cláusulas de la presenta ADENDA, el Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada “BIMAC S.R.L.” queda vigente en todas las demás condiciones fijadas en cada uno de sus artículos.- En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. N° B 00697926- ESC. FERNANDO RAUL NAVARRO- TIT. REG. N° 31- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-
RESOLUCION Nº 181-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-112/2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 05 de Abril de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
22 ABR. LIQ. Nº 27674 $659,00.-