BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 22/04/22
Contrato Social: Cesión de Cuotas Sociales. San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, el día 11 de junio de 2021 comparecen el Sr. JAVIER SIUFI CALSINA, argentino, D.N.I n° 29.206.568, Cuit n° 20-29206568-0, casado en primera nupcias con María Emilia Semancendi, D.N.I n° 28.991.139, nacido el 20 de marzo de 1982, comerciante, con domicilio en calle Belgrano n°1060; el Sr. EZEQUIEL SIUFI CALSINA, argentino, D.N.I n° 32.876.789, CUIT n° 27-32876789-9, soltero, nacido el 3 de junio de 1987, comerciante, con domicilio en calle Ramírez de Velazco n° 260; el Sr. CESAR MARIO SIUFI, argentino, D. N. I n° 7.379.854, Cuit n° 20-07379854-0, casado en primera nupcias con y Anahí Celia Calsina, D. N. I n° 12.005.046, nacido el 07 de junio de 1949 , comerciante, con domicilio en la calle Ramírez de Velazco n°260 y el Sr. ATILIO ARMANDO CORDOBA, argentino, D.N.I, n° 18.807.892, Cuil n° 20-18807892-4, casado en primeras nupcias con Virginia Álvarez Prado, D.N.I. n° 27.232.618, nacido el 13 de mayo de 1967, comerciante, con domicilio en calle Bárcena, Mza 102, Lote 29 s/n , Barrio Bajo La Viña, todos de la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los fines de convenir la celebración del presente contrato de cesión de cuotas sociales, sujeto a las siguientes clausulas y condiciones: PRIMERO: Los Sres. JAVIER SIUFI CALSINA y EZEQUIEL SIUFI CALSINA son titulares de la totalidad de las cuotas sociales de la sociedad denominada “NORTERAMA S.R.L.” con domicilio legal en la ciudad de San Salvador de Jujuy , constituida mediante instrumento privado de fecha 25/04/2002, inscripta en el Registro Público de Comercio Folio N° 234, Asiento N° 222 del Libro N° II de Sociedades de Responsabilidad Limitada con fecha 17/05/2002; en la siguiente proporción : JAVIER SIUFI CALSINA con 500 cuotas sociales y EZEQUIEL SIUFI CALSINA con 500 cuotas sociales lo que hace un total de 1000 cuotas sociales.- SEGUNDA: Que el Sr. JAVIER SIUFI CALSINA transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, las cuales se encuentran integradas el 100% al capital social, de la siguiente manera: transfiere a favor del Sr. CESAR MARIO SIUFI 500 cuotas sociales cuyo valor contable asciende a PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) lo que da un precio total y definitivo de la cesión por las mencionadas cuotas la suma de PESOS UN MILLON DOCIENTOS CINCUENTA MIL ($1.250.000,00), sirviendo el presente contrato del más eficaz recibo de pago.- TERCERA Que el Sr. EZEQUIEL SIUFI CALSINA transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, las cuales se encuentran integradas el 100% al capital social, de la siguiente manera: transfiere a favor del Sr. CESAR MARIO SIUFI 350 cuotas sociales cuyo valor contable asciende a PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) lo que da un precio total y definitivo de la cesión por las mencionadas cuotas la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($875.000,00). Y, transfiere a favor del Sr. ATILIO ARMANDO CORDOBA 150 cuotas sociales cuyo valor contable asciende a PESOS DOS MIL QUNIENTOS ($2.500,00) lo que da un precio total y definitivo de la cesión por las mencionadas cuotas la suma de PESOS TRECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 375.000,00), sirviendo el presente contrato del más eficaz recibo de pago.- CUARTA: Se deja expresamente establecido que dentro del precio pactado se encuentra incluido todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderles a los CESIONARIOS en su carácter de socios y propietarios de las cuotas sociales cedidas, quedando los CEDENTES completamente desvinculados de Norterama S.R.L a partir del día de la suscripción de este instrumento.- QUINTA: La Sra. María Emilia Semancendi, argentina, nacida el 12 de agosto de 1981, D.N.I. n° 28.991.139, Cuil n° 27-28991139-7, presta asentimiento conyugal a la cesión realizada por su cónyuge Javier Siufi Calsina a favor de Cesar Mario Siufi en el presente acto.- SEXTA: Por lo tanto, el Sr. CESAR MARIO SIUFI pasa a ser titular del 85% y el Sr. ATILIO ARMANDO CÓRDOBA del 15% del total del capital social de NORTERAMA S.R.L.- SEPTIMA: Se dispone que la administración y representación de la sociedad establecidos en los términos del art. 8vo y 9no del estatuto social será ejercida por el socio ATILIO ARMANDO CORDOBA quien durará en el cargo por el plazo de CINCO AÑOS contados a partir de la suscripción del presente contrato. El monto de la remuneración será fijado en reunión de socios en asamblea.- Disposiciones Transitorias: PRIMERO. DECLARACION JURADA. Quien suscribe Sr. ATILIO ARMANDO CORDOBA, argentino, D.N.I, n° 18.807.892, declaro bajo juramento que NO me encuentro incluido y/o alcanzado en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para ser gerente y/o director previstas por los Arts. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades, Ley n° 19.550.- SEGUNDO. DECLARACION JURADA. Quienes suscribimos Sres. CESAR MARIO SIUFI, DNI N° 7.379.854 y ATILIO ARMANDO CÓRDOBA, D.N.I, n° 18.807.892 declaramos como sede y administración de la Sociedad “NORTERAMA S.R.L” el domicilio sito en calle Belgrano N° 1064 de la ciudad de S. S. de Jujuy, Provincia de Jujuy, en donde funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la Sociedad. Asimismo, se denuncia como correo electrónico adm.norterama@gmail.com a los fines de notificación de la sociedad.- TERCERO. DECLARACION JURADA. Quienes suscribimos Sres. CESAR MARIO SIUFI, DNI N° 7.379.854 y ATILIO ARMANDO CÓRDOBA, D.N.I, n° 18.807.892, declaramos bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO nos encontramos incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, Res. UIF 11/2011 y modificatorias, que hemos leído y suscripto. Además, asumimos el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a éste respecto dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva Declaración Jurada.- CUARTA. Los socios en forma unánime autorizan a la Dra. PAULA JIMENA YAZLLE, M.P 4003, para la realización de todas aquellas gestiones y trámites necesarios para la inscripción de la presente cesión de cuotas sociales por ante el Registro Público de Comercio.- En el lugar y fecha arriba indicados, y en prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. N° B 00606260- ESC. MARIA LUCIA LINARES- ADS. REG. N° 5- S.S. DE JUJUY-JUJUY.-
RESOLUCION Nº 178-DPSC/2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-217/2021.- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 30 de marzo de 2022.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
22 ABR. LIQ. Nº 27715 $1.000,00.-