BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 18/04/22

Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez de la Cámara Civil y Comercial, Sala II. Vocalía 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-172.556/21, caratulado: “Daños y Perjuicios: GASPAR, VICTOR ADRIAN y CORONEL, BELINDA MARIA DE LOS ANGELES c/ SORIANO, DALMACIO GILDO y ARIAS, PADRO RAFAEL”, se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 18 de Marzo de 2022. Proveyendo al escrito de fs. 79: Téngase presente los informes que se agregan en autos.- En consecuencia Demanda ordinaria interpuesta córrase Traslado a los herederos de quien en vida fuere PEDRO RAFAEL ARIAS, para que la conteste dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.).-Debiendo notificarse por Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- Intímase a los Accionados para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio Asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones –cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de la diligencia ordenada precedentemente.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -Vocal- Ante mí: Dra. Aixa Yazlle -Pro Secretaria.-

 

18/20/22 ABR. LIQ. N° 27733 $1.350,00.-