BOLETÍN OFICIAL Nº 44 – 18/04/22

Reconducción de la Sociedad de Responsabilidad Limitada 20/20 PRODUCCIONES S.R.L. y Modificación de Contrato Social– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 24 días del mes de Junio del año dos mil veintiuno se reúnen las señoras VANESA GABRIELA GUTIERREZ DNI N° 28.175.494, de 40 años de edad, nacida el 05 de Agosto de 1980, con domicilio en calle México N° 991 del Barrio Mariano Moreno, de esta ciudad y GERALDINA GEORGINA GIMENEZ DNI N° 29.404.308, de 39 años de edad, nacida el 13 de Marzo de 1982, con domicilio en calle 14 de Abril s/n del Barrio Cerro Las Rosas, de esta ciudad, argentinas, solteras, personas mayores de edad, hábiles, de profesión comerciantes, comparecen a este acto en su calidad de Socias de la Sociedad que gira bajo el nombre de “20/20 PRODUCCIONES S.R.L” CUIT 30-71106432-6 inscripta en el Registro Público de Comercio Bajo Libro III Folio N° 212 Asiento N° 212, en virtud de Actas de Asambleas Extraordinarias N° 9 y 10 de fechas 21 de Mayo del año 2020 y 28 de Abril del año 2021, respectivamente, donde las socias decidieron por unanimidad la Reconducción de “20/20 PRODUCCIONES S.R.L.”, y convienen: PRIMERO: Reconducción del Plazo de Duración Social: La sociedad “20/20 PRODUCCIONES S.R.L” tenía una duración original de diez (10) años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio de esta Provincia. El día  1 de Julio del año 2019, se produjo el vencimiento del plazo de duración social. Dada tal circunstancia y estando comprometida dentro de las disposiciones del Art. 95 de la ley 19.550 por unanimidad los socios resuelven por este acto, reconducir la misma por cincuenta (50) años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio de esta Provincia.- SEGUNDO: Modificación del Contrato Social: Como consecuencia de la presente Reconducción se reforma la Cláusula Tercera del Contrato Social, la misma quedará redactada de la siguiente forma: “TERCERA: Plazo de duración: El plazo de duración de la Sociedad será de cincuenta (50) años contados a partir de su inscripción en el Registro correspondiente. Habiendo conformidad de los socios se prorrogara por un nuevo periodo igual o menor.” TERCERO: Responsabilidad de los Socios: Los Socios de”20/20 PRODUCCIONES S.R.L” declaran por este acto, que asumen la responsabilidad jurídico-fiscal por todos los actos que se realizaron durante el periodo sin vigencia en nombre de la misma conforme Art. 99 de la Ley 19.550.- CUARTA: Tramite de Inscripción: Los otorgantes requieren y facultan por este acto al Dr. Gustavo Darío Ávila, Matricula Profesional N° 2699, a realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de la presente Reconducción y Modificación de Contrato Social en el Registro Público de Comercio de esta provincia, asumiendo la Sociedad los gastos y honorarios que origine la mencionada gestión.- Leído y aceptado en todos sus términos, se suscribe el presente, en el lugar y fecha consignados al comienzo del presente.- ACT. NOT. B 00642819- ESC. MARIA SOLEDAD CONGIU- TIT. REG. Nº 98, S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 177-DPSC-2022- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-160-2021.- ORDENA LA PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL POR UN DIA.-

San Salvador de Jujuy, 05 de Abril de 2022.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES – FISCALIA DE ESTADO

18 ABR. LIQ. N° 27713 $659,00.-