BOLETÍN OFICIAL Nº 4 – 11/01/16

DECRETO Nº 8513-S.-

EXPTE. Nº 769-1492/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 SET. 2015.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Cooperación Nº 2448, celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia representada por su entonces Titular Dr. Gabriel Lerner, y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su titular Dra. Silvina Cristina Sadir; y

Considerando:

Que, a fs.2/8 obra original del Convenio de Cooperación celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social de Jujuy;

Que, el objetivo del mencionado Convenio radica en la implementación del Proyecto “Jardines de Cosecha Jujuy”, cuyo objeto es contribuir a la prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil, brindando un espacio en el que se propicie la ejecución de actividades de apoyo escolar, deportivas, artísticas y recreativas, dando a conocer y facilitando el ejercicio de los derechos de los niños;

Que, para el cumplimiento de los objetivos pactados, se otorga a la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de Jujuy la suma total de Pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil ($450.00) sujeto a Rendición de Cuentas para la ejecución del Convenio mencionado;

Que, entre las cláusulas que conforman el mismo se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias a las que se someten las partes intervinientes;

Que, el Art. Nº 3 Inc.2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy establece que nuestra Provincia podrá celebrar Tratados y Convenios con el Gobierno Federal, otras Provincias o Entes de Derecho Público o Privado que favorezcan intereses recíprocos o que contribuyan a su progreso económico y social, por lo que la celebración del presente Convenio se ha realizado en consonancia con lo allí dispuesto;

Que, a fs.10/11 Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs.13 vta., por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias y al efecto de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio de Cooperación Nº 2448, celebrado entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su entonces titular Dr. Gabriel Lerner y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su titular Dra. Silvina Cristina Sadir obrante a fs.2/8, de conformidad a lo manifestado en el exordio.

ARTÍCULO 2º.-Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar los Convenios que se aprueban por el Articulo precedente.

ARTICULO 3º.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su intervención, comuníquese, publíquese en forma integral, dese al Registro y Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia y al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR