BOLETÍN OFICIAL Nº 41 – 08/04/22

MUNICIPALIDAD DE PERICO

ORDENANZA N° 1551/2022.-

REF.: “AUTORIZAR LA PRORROGA DEL REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO DISPUESTO POR DECRETO ACUERDO Nº 2391-H-2.022, ESTABLECIDO POR ORDENANZA TRIBUTARIA Nº 1.539/2022″. Expte. Nº 10.479/022. Inc. Por El Departamento Ejecutivo.

VISTO:

Lo resuelto por el Cuerpo en Sesión de fecha 23 de Marzo de 2.022, en relación al pedido del Departamento Ejecutivo mediante la remisión del Decreto Acuerdo Nº 2391 –H- 2.022 que con modificaciones el Cuerpo decide probar por  unanimidad en cuanto a lo planteado solo en su Artículo 1ro., lo establecido en  el Código Tributario, en la Ordenanza Tributaria Nº 1539 / 2.022, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Acuerdo Nº 2391- H -2.022 de fecha 22 de Marzo de 2.022, el Departamento Ejecutivo solicita se apruebe la prórroga del Régimen de descuento por facilidades de pago anticipado actualmente vigente mediante Ordenanza 1.539/2022 en su artículo Nº 56, solicitando que la misma se extienda hasta el segundo vencimiento.

Que, el Cuerpo Deliberativo con las correcciones indicadas en su parte resolutiva, procede a aprobar la segunda parte del texto del Art. 1ro. Del Decreto Nº 2391- H – 2.022 es decir se aprueba el mismo parcialmente y con modificaciones y No Se Prestar Acuerdo a los Arts. 2º- y 3º- del mencionado Decreto por no son de aplicación a la prorroga que se solicita.

Que, el texto que se aprueba y queda redactado como a continuación se transcribe: “AUTORIZAR Y PRESTAR ACUERDO MEDIANTE LA PRESENTE ORDENANZA al Artículo Nº 1 del Decreto Acuerdo Nº 2391 — H — 2.022 de fecha 22 de Marzo del 2.022, por lo que se autoriza la prórroga del Régimen de descuento por facilidades de pago anticipado actualmente vigente mediante Ordenanza 1.539/2022 establecido en su artículo Nº 56. Dicha prórroga se extenderá hasta el segundo vencimiento para el pago de Tasas, Patente, Derechos, Contribuciones, intereses y Multas de todo tipo, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo del Organismo Fiscal- Dirección de Rentas Municipal”.

Que, actualmente la Dirección de Rentas Municipal cuenta con un régimen de facilidades de pago próximo a vencer, teniendo en cuenta los pedidos efectuados por los vecinos en cuento al pedido de una prórroga del mismo y la Conveniencia merituada por el Departamento Ejecutivo para el mantenimiento hasta el segundo vencimiento de los tributos que percibe el Estado Municipal.

Que, la realidad económica vigente es actualmente atendida por el Departamento Ejecutivo a través de un Régimen Permanente de Descuento por pago adelantado, de Tasas, Derechos, Contribuciones, Intereses, Patente y Multas, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo del Organismo Fiscal Municipal.

Que, es importante destacar que beneficios con el presente tiene un tiempo prudencial para su aplicación siendo el que actualmente interpretamos necesario establecer es hasta el segundo vencimiento establecido por las normas para el Pago de Tasas, Patente, Derechos, Contribuciones, Intereses y Multas.-

Que, la Carta Orgánica Municipal en su Art. 5to., establece la competencia para ejercer potestades tributarias y financieras a cargo del Municipio. En razón de ello el Art. 68 Inc. 4 y 8 fija atribuciones a cargo del Departamento Ejecutivo en materia de Régimen Financiero, Recursos y Gastos: Hacer recaudar los tributos y rentas que correspondan a la Municipalidad y disponer exenciones, reducciones o moratorias con ACUERDO del Concejo Deliberante.

Por todo ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR Y PRESTAR ACUERDO MEDIANTE LA PRESENTE ORDENANZA al artículo Nº 1 del Decreto Acuerdo Nº 2391 – H – 2.022 de fecha 22 de Marzo del 2.022, por lo que se autoriza la prórroga del Régimen de descuento por facilidades de pago anticipado actualmente vigente mediante Ordenanza 1.539/2022 establecido en su artículo Nº 56. Dicha prórroga se extenderá hasta el segundo vencimiento para el pago de Tasas, Patente, Derechos, Contribuciones, Intereses y Multas de todo tipo, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo del Organismo Fiscal- Dirección de Rentas Municipal, por las razones establecidas en VISTO y CONSIDERANDO.

ARTICULO SEGUNDO: El Departamento Ejecutivo, deberá publicitar por todos los medios que prestan sus servicios a la Municipalidad, las fechas del 22 vencimiento De cada uno de los rubros y pago de Tasas, Patentes, Derechos, Contribuciones, etc.

ARTICULO TERCERO: NO SE PRESTA ACUERDO, por lo que quedan sin efecto los Artículos  2 y 3 del Decreto Acuerdo Nº 2391 – H – 2.022 de fecha 22 / 03 / 2.022.-

ARTÍCULO CUARTO: Elévese copia al Departamento Ejecutivo para su efectivo cumplimiento, Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. ARCHIVESE.

 

SALA DE SESIONES, 23 DE MARZO DE 2.022.-

 

Walter R. Cardozo

Presidente