BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 06/04/22
DECRETO ACUERDO Nº 4752-HF/2021.-
EXPTE Nº 500-660-2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Manténgase la vigencia de las Leyes Nº 4439, Nº 4440, Nº 4539, Nº 5101 Nº5233 Nº 5450, Nº 5562, Nº 5609, Nº 5637, Nº 5685, Nº 5793, Nº 5876 y del artículo 47 de la Ley Nº 6213, como sus respectivas prórrogas no derogadas ni modificadas por disposiciones posteriores, las que seguirán vigentes por el plazo de un año a partir del día 04 de diciembre del año 2021.-
ARTICULO 2º.- El presente ordenamiento será de aplicación a partir del día 04 de diciembre de 2021 y por el término de un año.-
ARTICULO 3°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia; Hacienda y Finanzas; Desarrollo Económico y Producción; Infraestructura, Servicios Públicos Tierra y Vivienda; Salud; Desarrollo Humano; Educación; Trabajo y Empleo; Cultura y Turismo; Ambiente; Seguridad; Planificación Estratégica y Modernización y Sociedades del Estado. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR