BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 06/04/22
EXPTE Nº 711-336/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por reconocido el adicional por tareas riesgosas, a favor de los agentes César Antonio Caliva, CUIL 20-28036543-3, y Enrique Alejandro Galián, CUIL 20-28310352-9, cargos categoría 4-30 horas, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, personal de carácter interino de la Dirección Provincial de Sanidad, a partir del 29 de noviembre de 2007, y del 1° de enero de 2008, respectivamente.‑
ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la partida presupuestaria “03-10-15-01-26 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” DEUDA PUBLICA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2021, Ley N° 6213, la erogación que demande el pago del adicional por tareas riesgosas previsto por la Ley N° 4137, a favor de los Sres. César Antonio Caliva, y Enrique Alejandro Gabán, por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2019, por encontrarse prescriptos los períodos anteriores en virtud de lo dispuesto por el artículo 4027 del Código Civil y los artículos 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR