BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 06/04/22

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaría Nº 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-160145/2020- caratulado” LANGUIDEY JUAN MANUEL c/ NASTRALA MARIA CRISTINA- ROMERO, CLAUDIA FERNANDA” , hace saber a NASTRALA, MARIA CRISTINA- ROMERO CLAUDIA FERNANDA el siguiente decreto que se transcribe: San Salvador de Jujuy, 20 de octubre de 2020. Avóquese la suscripta a la presente causa. Por presentado  el Dr. Carlos Fabián Antonio Vázquez por parte a merito de la copia de poder que acompaña para actuar en nombre y representación del Sr. JUAN MANUEL LANQUIDEY y por constituido domicilio legal. De conformidad a lo que disponen el art. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de las  accionadas Sra. MARIA CRISTINA NASTRALA DNI N 5.987.485 y la Sra. CLAUDIA FERNANDA ROMERO DNI N 26.897.787 en el domicilio denunciado por la suma de Pesos Cincuenta Mil  ($50.000,00)  que se reclama por capital con mas la suma de Pesos Veinticinco Mil ($25.000,00) calculada para acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad de la misma hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial al propio afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndoles a la ejecutada a que manifiesten sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cíteselo de remate para que en el término de cinco días oponga excepciones legítimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.52 del ídem. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes del caso. Notificaciones en Secretaria los días martes y/o jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese Art. 154 del C.P.C. Fdo. Dra. Marisa E. Rondon- Juez- Ante Mi. Dra. Laura López Pfister- Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario de Circulación local, por tres veces en cinco días, Bajo Apercibimiento de designar a un defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 196 CPC).- Secretaria: Dra. María Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 13 de abril de 2.021.-

 

01/04/06 ABR. LIQ. Nº 27524 $1.350,00.-