BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 01/04/22
EXPTE. Nº 721-377/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2021 – Ley N° 6213, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
D (j-2) 1
Agrupamiento Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4135 Modif. Ley Nº 4418
Total 1
CREASE:
Categoría N° de Cargos
A (J-2) 1
Agrupamiento Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4135 Modif. Ley Nº 4418
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designado en carácter de interino al Dr. Carlos Rene Ibarra Hale, CUIL N° 20-30828791-3, en el cargo categoría A (j – 2) Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley Nº 413 modif. Ley Nº 4418, de la U. de O.: R6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”, a partir del 17 de septiembre de 2019, y hasta tanto se efectúe el correspondiente llamado a concurso.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2021, Ley Nº 6213, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2021
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”. –
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen de razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR