BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 13/01/16

Dr. Ricardo Sebastián Cabana, Juez Civil y Comercial N° 4, Secretaria N° 7, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-014.714/2013, caratulado: “Ejecutivo: Barrios Néstor Dario c/ Estrada, Miguel Angel”.- Notifíquese por edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un Diario Local, tres veces en cinco días al demandado Sr. Miguel Angel Estrada, DNI N° 22.888.043, la siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 13 de noviembre de 2013. Téngase por presentado a la Dra. Rosalía Txapi Baca por parte en nombre representación del Sr. Néstor Dario Barrios y por constituido domicilio legal, a merito del Poder Gral. para juicios que en copia juramentada acompaña.- Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra de Miguel Angel Estrada, DNI N° 22.888.043, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS CUATRO MIL ($4.000,00), en concepto de capital reclamado, con más la de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($1.200.-) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela a remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS, del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria del Juzgado son los Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario.-Hágase saber a las partes que en los presentes autos se aplicará lo dispuesto por los Arts. 72, 74 del C.P.C. para todas las diligencias que deban confeccionarse en el mismo. Notifíquese (Art. 154 C.P.C).- Fdo: Dr. R. Sebastián Cabana-Juez-Ante mi, Dra. Maria Victoria Nager-Prosecretaria.- Publíquese por edictos en el Boletin Oficial y en un diario Local por tres veces en el espacio de cinco días. San Salvador de Jujuy, 12 de noviembre de 2015. Dra. Maria Cecilia Farfán- Secretaria.-

 

13/15/18 ENE. LIQ. Nº 122910 $270,00.-