BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 01/04/22
COMISIÓN MUNICIPAL DE PAMPICHUELA
DECRETO N° 005-D.E.-C.M.P./2022.-
PAMPICHUELA, 18 FEB. 2022.-
VISTO:
El legajo personal N° 106 de la Sra. ANTONIA NOEMÍ GUERRERO, D.N.I. N° 27.301.6739, CUIT N° 27-27301673-9, por el cual el mismo fuera designado como personal de planta permanente por el Comisionado Municipal a través del Decreto N° 004/2019 de fecha 29 de Noviembre de 2019;
Se advierte en este legajo diversas contrataciones, funciones (desempeño de cargo legislativo) y servicios remunerados y de diversa índole, ello con un previsible comportamiento correcto y adecuado en diversas gestiones de gobierno;
CONSIDERANDO:
Que en relación a un análisis de acceso formal a la categoría o situación de revista como empleada de planta permanente, se observa que el dispositivo analizado no cumple con los recaudos formales, ni de la Constitución de la Provincia, Ley Orgánica de Municipios N° 4466/89 y demás normas referidas al equilibrio financiero y régimen general de contrataciones de las comisiones municipales de la Provincia de Jujuy;
En efecto no pueden los Departamentos Ejecutivos determinar la incorporación a planta permanente de los agentes, puesto que esta es una facultad privativa y excluyente del Concejo Comunal a través de un instrumento específico como lo son las Ordenanzas;
Por lo cual el Decreto N° 004/2019, de fecha 29 de Noviembre de 2019, adolece de vicios formales que lo invalidan como acto administrativo válido, dictado de acuerdo a las normas formales referidas ut supra;
Además de que la situación del personal, como no se desconoce que su ingreso se produjo antes de asumir un cargo de Vocal de la Comisión Municipal, de manera contemporánea al momento del dictado del instrumento antes referido y jamás tuvo una liquidación de haberes con categoría 1 de la Planta Permanente conforme la legislación y doctrina judicial aplicable;
Por esta razón, este Departamento Ejecutivo Municipal determina, dejar sin efecto el mentado Decreto, con efectos y consecuencias jurídicas de manera retroactiva al 10/12/2021, ello por el imperativo categórico de la obligatoriedad de cumplimiento de las constitución y el plexo normativo íntegro y que se desprende del mismo, al momento de asumir la responsabilidad de la conducción de la gestión institucional del Municipio;
Se debe observar como una situación particular el recibo de sueldo por el mes de Enero/2022, que fuera percibido por el agente en el cual consta “Gastos de Representación” o “Antigüedad”, que de acuerdo a esta tesis no corresponden sean percibidos, sin desvirtuar la situación de revista del agente;
Aunque ello implique realizar las compensaciones y cobros de sumas percibidas ilegítimamente o con un error involuntario, pero permitiendo conforme ha sido informado en la situación de una relación de locación de obra como persona contratada, ello para no perjudicar a la agente a fines de que tenga una remuneración dentro de la situación general de recesión económica en la cual se encuentra el Estado Argentino y la salida de la situación de pandemia por Covid-19;
Por todo ello,
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE PAMPICHUELA
DECRETA:
Artículo 1°: Declarar la inexistencia jurídica del Decreto N° 004/2019 del 29 de Noviembre de 2019, por el cual se determina su pase a planta permanente, de la agente Sra. ANTONIA NOEMÍ GUERRERO, D.N.I. N° 27.301.673, ello por los vicios formales y materiales de los que adolece y que lo invalidan como un acto administrativo válido.-
Artículo 2º: Determinar que los efectos del presente decreto tiene efecto retroactivo al 10/12/2021, es decir desde el momento de la asunción de las actuales autoridades del Concejo Comunal de Pampichuela.-
Artículo 3°: Autorizar a Tesorería Municipal a liquidar los haberes de la Sra. ANTONIA NOEMÍ GUERRERO, legajo personal N° 106, D.N.I. N° 27.301.673, CUIT N° 27-273014.673-8 como personal contratada, de acuerdo a las decisiones adoptadas en este instrumento, y a partir de las liquidaciones comprendidas desde el mes de Enero/2022, confeccionando las respectivas planillas de haberes y saldándose los sumas que han sido percibidas indebidamente por el agente.-
Artículo 4º: Notifíquese a la interesada, regístrese, remítase al Honorable Concejo Comunal para su tratamiento parlamentario y posterior homologación, archívese, de forma.-
Daniel Miguel Soruco
Comisionado