BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 30/03/22

DECRETO N° 5283-MS/2022.-

EXPTE. N° 1412-486/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 MAR. 2022.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales el Cuerpo de Seguridad y Custodia del Poder Ejecutivo, solicita la adquisición de diez (10) Motocicletas de Altas Cilindradas destinadas al parque automotriz del Grupo Especial Motorizado (G.E.M) de Policía de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que, se inician las presentes dando cuenta de la necesidad de la adquisición de los bienes, atento al trabajo profesional que actualmente se encuentra llevando a cabo el cuerpo mencionado, resultando necesario contar con los rodados requeridos por sus calidades, capacidades y versatilidad las cuales darán un optimo desempeño y prestigio a la Institución Policial y al Gobierno Provincial, atento que la Unidad Motorizada coordinará las actividades con el Cuerpo de Seguridad y Custodia del Poder Ejecutivo;

Que, rola adjunto Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares por Licitación Pública Nº 1/2022;

Que, obra dictamen de la Dirección General de Auditoría Legal del Ministerio de Seguridad;

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, emitieron informes de su competencia;

Que, Fiscalía de Estado considera ha emitido dictamen legal de su competencia;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorízase al MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el marco de la excepción prevista en el articulo 1° -in fine- del Decreto Acuerdo N° 3789-H/2001, a la adquisición de bienes de capital, consistente en diez (10) Motocicletas de Altas Cilindradas destinadas al parque automotriz del Grupo Especial Motorizado (G.E.M) de Policía de la Provincia, en la modalidad de Licitación Pública, conforme Decreto Acuerdo N° 3716-H/1978 “Reglamento de Contrataciones del Estado”, Decreto Acuerdo Nº 4116-HF/21, Decreto Ley Nº 159-HG/57 “Ley de Contabilidad” y Ley Nº 4958 de “Administración Financiera y Sistema de Control para la Provincia de Jujuy”, quedando facultado para aprobar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- La presente erogación se hará frente con la afectación a la Partida Presupuestaria Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad, U. de O. “1A” Dirección General de Administración, partida 7.1.1.0.2.5 “BIENES DE CAPITAL”, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – EJERCICIO 2022 – Ley Nº 6.256/21.-

ARTICULO 3º.- Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para publicación integral. Siga a la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad. Cumplido remítase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

28/30 MAR 01 ABR.-