BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 25/03/22

Ref. Expte. N° D-036015/2021, caratulado: “Acción de Cambio de Nombres: ANGEL CECILIA, ESTRALLA MORENA; Dra. Mirta Vega Jueza por Habilitación del Tribunal de Familia Sala III, Vocalía N° 8, Pedro de Jujuy, 15 de Abril de 2021.- I.- Atento a lo dispuesto mediante Decreto Presidencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy, de fecha 05/04/21, en Expte. N° 12/96, Avocase la suscripta al conocimiento y posterior resolución de la presente causa.- II.- En consecuencia, téngase por presentada a la Sra.  ESTRELLA MORENA ANGEL CECILIA (D.N.I. N° 23.811.580), quien comparece en ejercicios de sus propios derechos y a su vez, lo hace en su carácter de progenitora de los menores MORENA CELIS (D.N.I. N° 45.513.044) y ALFREDO CELIS (D.N.I. N° 48.546.621), por constituido domicilio legal y por parte, con el patrocinio letrado de la Dra. María Celia Juárez.- III.- Declarase el acceso limitado de las presentes actuaciones a las partes, sus representantes y letrados, y a los auxiliares designados en el proceso (Art. 708 del C.C. y C.N.).- IV.- De la solicitud Autorización Judicial, deducida en los términos, con los efectos y alcances previstos en el Art. 69, ss y ccdts. del C.C. y C.N., córrase Vista a la representante de la Dirección del Depto. San Pedro de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces que por turno corresponda a sus efectos.- V.- A la documental presentada a fs. 02/23, agréguese en autos, téngase presente.- VI.- Notifíquese mediante cédula de Ley a la letrada interviniente (Art. 155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Mirta del Milagro Vega, Vocal Tribunal de Familia por Habilitación, por ante mí, Dr. Víctor Alberto Pinasco.- Segundo proveído: San Pedro de Jujuy, 15 de septiembre del 2021.- I.- Atento a la naturaleza de la demanda, dese al presente proceso el trámite previsto en el Art. 417 y ccs. del C.P.C.- En consecuencia, córrase vista de la petición al Ministerio Publico, por cinco (5) días.- II.- (…).- III.- Asimismo y atento a lo dispuesto por el Art. 70 del C.C.C., dispónese la publicación de edictos en diarios oficial (Boletín de la Provincia de Jujuy), y en un diario local una vez por mes en el lapso de dos meses (art. 2 y 15 del C.P.C.).- IV.- Hágase saber a la letrada actuante, que la confección de los Oficios están a su cargo, imponiéndose la carga procesal de presentar los oficios requeridos para control y firma, a través de la plataforma del Poder Judicial mediante la herramienta digital “Oficios Colaborativos”. (Art. 50 y 72 del C.P.C.).- V.- Recaratúlense los presentes obrados, debiéndose consignar en lo sucesivo como Expte. N° D-036015/21 caratulado: Acción de Cambio de Nombre Solicitada por ANGEL CECILIA ESTRELLA MORENA, dejándose constancia en el Libro de Secretaría y posterior pase a Mesa General de Entradas, Estadísticas y Registro de este Centro Judicial, a sus efectos.- VI.- Notifíquese.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local una vez por mes en el lapso de dos meses.- San Pedro de Jujuy, 07 de Febrero de 2022.- Ante Mí: Dra. Raquel Elisa Lezana-Secretaria del Tribunal de Familia.-

 

25 FEB. 25 MAR. LIQ. Nº 26898-27073 $900,00.-