BOLETÍN OFICIAL Nº 35 – 25/03/22

Dr. Diego Armando Puca. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaría N° 3, hace saber a NOELIA AZUCENA FIRME, DNI N° 30.100.925, en la causa que se tramita mediante Expte. N° C-137708 caratulado: “Ejecutivo: RIOS, UBALDO MARCELO c/ FIRME, NOELIA AZUCENN’, se ha dictado el siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, 01 de Julio del 2021 Atento a las constancias de autos y a lo solicitado por el Dr. Luis Sebastian Albesa. Notifíquese a la demandada Sra. FIRME, NOELIA AZUCENA, las partes pertinentes del proveído de fs. 13, conforme lo prevé el art, 162 de C.P.PC., mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber a la accionada que deberá presentarse (a hacer valer sus derechos), bajo apercibimiento de nombrarse al Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio (art. 474 del C.P.C.).- En consecuencia, cítese a la demandada la Sra. FIRME, NOELIA AZUCENA DNI 30.100.925, e intímesela a depositar la suma de la suma de Pesos Diez Mil ($10.000,00) en concepto de capital con más la de Pesos Cinco Mil ($5.000,00) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas, si las tuviere, dentro del término de cinco dias en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 3, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría del Juzgado, siendo los días de notificación Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del C.P.C. Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se le hace saber que los términos comenzarán a contar a partir de la última publicación.- San Salvador de Jujuy, 01 de Febrero de 2022.

 

23/25/28 MAR. LIQ. Nº 27365 $1.350,00.-